En esta mesa se trataron cuestiones la sobre aprobación de actas; evaluación en EOI y en enseñanzas de régimen a distancia, organización de actividades lectivas en educación de adultos, cierre de actividades presenciales en los CPRs, prácticas de grado para maestros, valoración de méritos de interinos y Ruegos y preguntas.
Anuncios importantes:
- Este año no habrá ninguna convocatoria de selección a Director/a de centro. Se pospone para el año que viene.
- Todos los interinos de lista ordinaria tienen que cumplimentar la solicitud de valoración de méritos para consignar las nuevas titulaciones de ingresos y las certificaciones académicas obtenidas.
- Importante: sólo se aceptarán los archivos subidos en PDF. En ningún caso otros formatos como jpg, docx…
- Adjudicaciones de destinos: funcionarios de carrera en julio, y los interinos después, tienen que ver cómo va a evolucionar todo.
- Se va a hacer un tutorial en mesa, y se va a subir a Profex sobre preguntas y respuestas del personal interino.
- El borrador de la comisiones de servicio, se tratara en la próxima mesa en breve.
- Se va a convocar el comité de seguridad de salud.
- Estas Adjudicaciones por teléfono se publicarán cada dos meses.
- Es imposible la convocatoria de listas Extraordinarias.
- Se está haciendo un análisis exhaustivo de lista extraordinaria, hay muchas personas que están en reserva y se van a volver a incorporar.
- El pago de los tribunales, itinerancias, se abonará cuanto antes, depende del módulo Alcántara que está dando problemas en cuanto al IRPF. Piden disculpas por el retraso.
- Mañana martes habrá llamamientos telemáticos. Si no hay bajas no se sacan los llamamientos que se producirán en principio cada martes y viernes.
- Las licencias por estudios no se van a publicar.
- Por la Administración:
- D. Rafael Rodríguez de la Cruz, Secretario General de Educación.
- D.ª Heliodora Burgos Palomino, Directora General de Personal Docente.
- D. Manuel Gómez parejo, Director General de FP.
- Otros funcionarios de la Administración.
- Representantes de las distintas Organizaciones Sindicales.
Orden del día:
1. Lectura y aprobación, si procede, de las actas de las dos sesiones anteriores.
PUNTO AÑADIDO: Información sobre la selección a la Dirección de los centros.
2. ORDEN de XX de XX por la que se regula el proceso de evaluación y certificación de competencias lingüísticas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. INSTRUCCIÓN de xx/2020, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se establecen orientaciones en la evaluación en las Enseñanzas en Régimen a Distancia, en las modalidades semipresencial y teleformación On-Line, para personas adultas, en los Centros Docentes Públicos de Extremadura, debido a la situación excepcional originada por el coronavirus COVID-19.
4. INSTRUCCIÓN XX/2020, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, sobre la organización de las Actividades Lectivas no presenciales, la evaluación del aprendizaje del Alumnado y otros aspectos de la organización y funcionamiento de los Centros de Enseñanza de Personas Adulta durante el tercer trimestre del curso 2019-2020.
5. Circular n.º X /2020, de XX de abril, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se establece el procedimiento de los Centros de Profesores y Recursos para el cierre de las Actividades Formativas presenciales destinadas al profesorado de Centros Educativos sostenidos con fondos públicos, referidas en la Orden de 17 de diciembre de 2019, por la que se aprueba el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2019/2020.
6. Orden de xx de abril de 2020, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se regula el desarrollo de prácticas externas de las titulaciones de grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante.
7. Resolución de xxx de abril de 2020, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento para la valoración de méritos por los integrantes de las listas ordinarias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
8. Información sobre la forma de tramitación solicitudes de «valoración de méritos del personal interino».
9. Ruegos y preguntas.
PROPUESTAS UGT MESA SECTORIAL 27 DE ABRIL:
PUNTO 1: lectura y aprobación, si procede, de las actas de las 2 sesiones anteriores.
Se aprueban.
PUNTO AÑADIDO: INFORMACIÓN SOBRE LA SELECCIÓN A LA DIRECCIÓN DE LOS CENTROS
Desde la Administración, añaden un nuevo punto del orden del día y nos informan de que, dadas las circunstancias actuales, se prorroga esta convocatoria al respecto para el curso que viene.
Este año no habrá ninguna convocatoria de selección a Director/a. Aquellos directores accidentales que no quisieran renovar su mandato a Director no se lo obligará y se intentará llegar a un consenso. Aquellos nuevos Directores podrán presentar el proyecto a dirección el curso que viene.
PUNTO 2. ORDEN DE XX DE XX POR LA QUE SE REGULA EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL EN LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.
Aunque no pertenece concretamente al ámbito de esta Orden sí que queremos hacer un par de consideraciones en relación con la evaluación de las EOI.
Primero, que FeSP-UGT considera vital que este año, por ser excepcional, se GARANTICE el espacio de seguridad en los exámenes de las EEOOII y se considere la necesidad de habilitar (en caso de no haber suficiente espacio para evitar contagios COVID19) aulas y espacios seguros para agrupar a los alumnos OFICIALES y LIBRES.
La Administración responde que van a garantizar las medidas de seguridad y condiciones sanitarias. A tal efecto, publicarán unas instrucciones concretas que garanticen el espacio necesario para garantizar el buen desarrollo de los exámenes.
Solicitamos también a la Administración que clarifique qué va a pasar con la evaluación de los alumnos que cursan enseñanzas de EOI y si pueden garantizar que se vayan a respetar las dos convocatorias (junio y septiembre) en el curso 2019-2020.
La Administración responde que nadie a a perder ninguna convocatoria y que, por tanto, se respetarán las dos que tienen el alumnado. Así mismo, apunta que no se sabe cuándo se realizará los exámenes ya que dependen de las condiciones sanitarias.
PUNTO 3. INSTRUCCIÓN XX/2020 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y FORMACIÓN PARA EL EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN ORIENTACIONES EN LA EVALUACIÓN EN LAS ENSEÑANZAS EN RÉGIMEN A DISTANCIA, EN LAS MODALIDADES SEMIPRESENCIAL Y TELEFORMACIÓN ON-LINE, PARA PERSONAS ADULTAS, EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE EXTREMADURA, DEBIDO A LA SITUACIÓN EXCEPCIONAL ORIGINADA POR EL CORONAVIRUS COVID-19.
Enseñanza de adultos
10.- Si las circunstancias sanitarias lo permiten, se llevará a cabo una prueba presencial ordinaria durante el mes junio. Si por razones de salud pública no fuera posible, el profesorado de estas enseñanzas utilizará cualquier instrumento de evaluación que considere adecuado para realizar una evaluación objetiva de su alumnado. Como, por ejemplo, alguno de los siguientes sistemas para la evaluación de los módulos que se estén impartiendo de los distintos niveles de estas enseñanzas:
- Pruebas orales individuales mediante medios telemáticos.
- Pruebas a través de plataformas virtuales.
- Solicitud de trabajos y/o actividades.
- Cualquier otro instrumento de evaluación que el profesorado considere adecuado para cumplir este objetivo.
En lo referente al sistema alternativo de evaluación si no puede hacerse la prueba presencial ordinaria. Sería conveniente que todo el profesorado que imparte clases a un mismo nivel pueda llegar a un consenso en cuanto al sistema de evaluación del alumnado, dado que se ofrecen varios sistemas, pues al alumnado les confunde tantas formas diferentes de evaluar.
En todo caso, estos sistemas de evaluación estarán condicionados a establecer con seguridad que todo el alumnado implicado pueda acceder con los medios tecnológicos de los que dispone y en los horarios que se establezcan.
Quedan excluidos aquellos alumnos y alumnas de los que se tenga certeza de un abandono ostensible, fehaciente y deliberado del estudio y hayan perdido el derecho a la evaluación continua definida en el apartado 9 de la presente Instrucción.
El Director de Formación Profesional nos informa que si se puede realizar los exámenes presenciales se harán, pero si no, la Administración está preparada para realizar a través de la Plataforma Avanza el examen de forma telemática.
11.- A la hora de establecer las calificaciones de cada uno de los módulos de cada ámbito de conocimiento, habrá de tenerse en cuenta la información recogida en el proceso de evaluación continua correspondiente al periodo de presencia en los centros, antes de decretarse el Estado de Alarma y la consiguiente suspensión de actividades educativas presenciales, así como las actividades planteadas y desarrolladas durante el periodo declarado como Estado de Alarma a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, valorando especialmente la dedicación y actitud positiva del alumnado en el seguimiento y realización de las tareas, su esfuerzo, responsabilidad y autonomía en el desarrollo de las mismas, teniendo en cuenta el contexto sociofamiliar del alumnado así como las circunstancias y dificultades tecnológicas que haya tenido que superar cada alumno o alumna.
Los criterios de calificación para evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en este período tendrán una base común para todos los módulos de cada ámbito de conocimiento siendo el peso de cada una de las actividades que interviene en el proceso de evaluación los siguientes:
1. El 60% de la calificación corresponderá a las actividades planteadas y desarrolladas positivamente. Se considerará que la tarea ha sido desarrollada positivamente cuando haya sido calificada la misma con una nota igual o superior a 5 puntos.
Dada la situación de excepcionalidad que vivimos causada por la pandemia, y ante la dificultad de muchos alumnos/as para acceder a los recursos telemáticos, desde FeSP-UGT consideramos que podría ser conveniente hacer un cambio temporal de los criterios de calificación y que el 100% del peso de la calificación correspondiera a las actividades planteadas y desarrolladas previamente recuperando, cuando la situación lo permita, los criterios iniciales.
SIEMPRE QUE NO SE PUEDAN REANUDAR LAS CLASES PRESENCIALES ANTES DE FINALIZAR EL CURSO.
La Administración responde que para esta cuestión han tenido en cuenta exclusivamente las aportaciones al respecto de los docentes de FP.
PUNTO 4. INSTRUCCIÓN XX/2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y FORMACIÓN PARA EL EMPLEO, SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES LECTIVAS NO PRESENCIALES, LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DEL ALUMNADO Y OTROS ASPECTOS DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE ENSEÑANZA DE PERSONAS ADULTAS DURANTE EL TERCER TRIMESTRE DEL CURSO 2019-2020.
Formación Profesional en régimen a distancia, en sus modalidades semipresencial y on line. Fechas de la de evaluación presencial obligatoria del mes de junio.
7.- Se mantendrá los criterios de calificación que se establecen en la base Décimo octavo.2 a) de la Instrucción 5/2019 de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, para el cálculo de la calificación final de cada módulo, junto a los procesos de evaluación desarrollados a lo largo del curso.
Consideramos que el cálculo de la calificación obtenida por el alumnado, que da mayor peso a la prueba presencial (65%) frente a las actividades o tareas (35%) y ante la situación de crisis y la dificultad de muchos alumnos/as para acceder a los recursos telemáticos, podría modificarse de forma excepcional y evaluar el trabajo realizado de forma continua (actividades y tareas) en su conjunto y obtener la calificación de esta forma.
SIEMPRE QUE NO SE PUEDAN REANUDAR LAS CLASES PRESENCIALES ANTES DE FINALIZAR EL CURSO.
Punto 6
FeSP-UGT proponemos, CAMBIAR “REMITIR ANTES DEL 31 DE MAYO que es MARTES en lugar el 25 QUE ES MIÉRCOLES”.
REMITIR EL INFORME ANTES DEL 25 de MAYO si no se puede hacer la evaluación final ordinaria.
Esta es la fecha casi exacta en la que nos van a pedir que volvamos a los centros. Estamos dando más margen.
Incluir en dicha instrucción que toda prueba de evaluación de tipo presencial estará condicionada desde la Administración en su realización a las recomendaciones ministeriales de carácter nacional y sanitarias.
La administración responde que no tiene ningún problema en estudiarlo y en cambiarlo y que lo van a estudiar.
PUNTO 5. CIRCULAR N.º X /2020, DE XX DE ABRIL, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE LOS CENTROS DE PROFESORES Y RECURSOS PARA EL CIERRE DE LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS PRESENCIALES DESTINADAS AL PROFESORADO DE CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS, REFERIDAS EN LA ORDEN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2019, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL CURSO 2019/2020.
3. Proyectos de Innovación Educativa.
Punto 6
FeSP-UGT considera que la redacción de este punto genera confusión:
6. La presentación de evidencias será la siguiente:
a) El vídeo será prescriptivo si se han podido recoger muestras y/o imágenes de las actividades realizadas del desarrollo del proyecto.
6. La presentación de los trabajos realizados será la siguiente:
1. A través de un vídeo con imágenes de las actividades realizadas durante el desarrollo del proyecto.
(Si es prescriptivo, no puede ir seguido de una oración condicional. Esto genera una contradicción en este apartado)
2. Quitar un punto en la tercera línea de este apartado.
La Administración responde que agradece nuestras correcciones y que la opción del video será sólo de carácter voluntario.
4. Cursos presenciales.
1. Adaptar al formato no presencial todos aquellos cursos que por sus condiciones y disponibilidad así lo permitan. Cada Centro de Profesores y de Recursos, revisará y adaptará cada una de las actuaciones formativas, tanto aquellas que estén abiertas en fase de ejecución, como aquellas otras cuya realización este prevista.
FeSP-UGT considera vital que cuando las condiciones sanitarias del Covid 19 permita realizar algunos cursos presenciales, se tomen todas las medidas necesarias de separación entre los profesores que los estén realizando en los espacios habilitados a tal fin para garantizar posibles contagios.
La Administración no responde a esta cuestión.
En el apartado 5 donde habla de los “Cursos en Red”:
5. Cursos en red.
Se siguen desarrollando con normalidad según lo establecido en la convocatoria de Formación a distancia para docentes de Extremadura en su Edición Marzo 2020.
“De manera excepcional, mientras se mantengan las directrices sanitarias que impliquen no continuar con las sesiones presenciales en los centros educativos y, en general, en las en las actividades de formación, el Servicio de Innovación y Formación del Profesorado podrá acreditar en el registro de formación del profesorado varias actividades formativas online, siempre que no estén acogidas a la convocatoria de Formación a distancia para docentes de Extremadura en su Edición Marzo 2020.de Extremadura en su Edición Marzo 2020.”
Desde FeSP-UGT consideramos que esta medida de “carácter excepcional” de trabajo on line que han estado realizado los docentes en este tiempo de confinamiento, utilizando LAS HERRAMIENTAS PROPIAS, COMO DE LAS PLATAFORMAS, ETC O QUE SE USAN EN NUESTRA REGIÓN (eScholarium, Educarex, Google Classroom, …) sea reconocido como crédito de innovación educativa.
La Administración responde que ven muy positiva esta aportación y no sólo agradecen el trabajo de los docentes públicamente, sino que van a estudiar nuestra propuesta, porque tiene mayor calado y de decisiones importantes.
Para finalizar este apartado FeSP- UGT propone que TODAS LAS MEMORIAS de todas las actividades se presenten ahora TELEMÁTICAMENTE mientras dure el COVID 19, ya que en la “normativa actual” se dispone que dichas MEMORIAS sean mandadas por correo ordinario por los profesores ejecutantes y recogidas por sus asesores en Correo con lo que eso conllevaría en estos momentos de confinamiento (salir a correo ) y que tales las memorias sean entregadas en papel una vez que todo se normalice.
La Administración no responde a esta cuestión.
PUNTO 6. ORDEN DE XX DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE REGULA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LAS TITULACIONES DE GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL Y GRADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA Y SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA SELECCIÓN DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN EN PRÁCTICAS Y DEL PROFESORADO PARTICIPANTE.
Artículo 7. Asignación de tutorías.
3. Dentro de cada convocatoria, el personal docente que realice las prácticas externas en los centros educativos, le corresponderá un número de estudiantes de Grado que oscilará entre 1 y 2 . Excepcionalmente, y siempre con el consentimiento de estos profesionales, podrán asignarse hasta 3 estudiantes.
La acreditación que recibe el profesor tutor va asociada al curso que es tutor y no al número de alumnos. Parece razonable que si se duplica o triplica el número de alumnos tutorizados también lo haga en la misma proporción la acreditación recibida.
La Administración no acepta esta propuesta ya que se reconoce es la función de tutor y no el número de alumnos tutelados.
Artículo 11. Reconocimiento.
2. Asimismo, el personal docente responsable de las tutorías del alumnado en prácticas en centros educativos tendrá diferentes derechos y preferencias, siempre que se determine en el correspondiente procedimiento administrativo.
Desde nuestro sindicato nos preguntamos a qué derechos y preferencias hace mención este apartado. Con el fin de aportar concreción y coherencia en este punto, nos gustaría sugerir algunas propuestas al respecto:
• Dado que la matrícula de prácticas es abonada íntegramente en la universidad y sin embargo dicha formación es impartida y acreditada por el profesor tutor, creemos que la totalidad o parte de ese ingreso debe ir dirigida a dicho tutor. Esto debería materializarse a través de la creación de un complemento retributivo para todos los tutores de alumnos en prácticas.
• Consideramos esencial que, debido a la importante labor y función que realizan los tutores de prácticas, se cree la figura del profesor colaborador de la UEX. Esta figura supondría un reconocimiento administrativo, a efectos de participar en concursos de méritos, incluidos los de profesores universitarios.
• Proponemos que el tutor de prácticas, así como sus familiares más cercanos, en amparo de este artículo, puedan disfrutar de descuentos en la matrícula de estudios oficiales en la UEX, en las mismas condiciones que el personal docente de la universidad.
Conscientes de la importancia que, en el desarrollo de los currículos de los universitarios, tienen las personas que hacen posible la formación práctica de los estudiantes y de la responsabilidad de los docentes en esta tarea, consideramos que no se puede dejar abierto en esta Orden cuáles serán estos reconocimientos por lo que se debería especificar los créditos de formación con los que se les compensará y para qué procedimientos serán válidos estos créditos.
La Administración responde que van a añadir y detallar el reconocimiento de derechos y preferencias modificando este apartado en la Orden, que se refiere a la Resolución de 18 de noviembre de 2019 de la UEx.
PUNTOS 7. RESOLUCIÓN DE XXX DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE, POR LA QUE SE CONVOCA PROCEDIMIENTO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS POR LOS INTEGRANTES DE LAS LISTAS ORDINARIAS DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS, PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO Y MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.
La Administración informa que este apartado pasó por mesa técnica el pasado 18 de febrero de 2020. Por tanto, no va a haber ningún cambio con respecto a esta resolución.
Así mismo informan que no habrá una rebaremación total y que tendrán en cuenta las aportaciones en cuanto a correcciones del texto.
Base I. Personas participantes.
1.1.- Participación obligatoria de las personas integrantes de las listas ordinarias.
1.1.1.- Con objeto de poder proceder a la aplicación del baremo de méritos incluido como Anexo II de la presente Resolución, será obligatoria la participación en este procedimiento de todas las personas integrantes de las citadas listas ordinarias.
Aquellas personas integrantes de las listas de espera que estando obligadas a participar en este procedimiento no lo hagan estarán a los efectos previstos en el apartado 1.4.
1.1.2.- De conformidad con ello, deberán participar en este procedimiento las personas integrantes de las listas ordinarias que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
– Que hayan o no perfeccionado nuevos méritos desde la anterior convocatoria.
– Que únicamente hayan perfeccionado méritos que sean aportados de oficio.
Este punto creemos que no sería necesario en aquellas personas que no tengan nuevos méritos o aquellas que la administración los aporte de oficio, ya que lo único que hace es añadir burocracia al proceso.
La Administración responde que este apartado pasó por mesa técnica el pasado 18 de febrero de 2020. Por tanto, no va a haber ningún cambio con respecto a esta resolución. La documentación de oficio: los docentes pueden modificarla, pueden añadir documentos a los méritos aportados de oficio.
Así mismo informa que todos los interinos de lista ordinaria tienen que cumplimentar la solicitud para consignar las nuevas titulaciones de ingresos y las certificaciones académicas obtenidas.
1.2.- Méritos que se tendrán en cuenta.
En la valoración de méritos de las personas integrantes de las listas de espera se tendrán en cuenta los siguientes méritos: a) Los nuevos méritos perfeccionados, exclusivamente, desde el día 3 de marzo de 2018, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes valorables en los siguientes apartados y subapartados: – Apartado 2. Resultado de oposición. – Subapartado 3.3. Formación permanente. – Subapartado 3.4.1. Conocimiento de la realidad educativa extremeña (formación).
FeSP-UGT considera que en el apartado 3.4.1 Conocimiento de la realidad educativa extremeña los integrantes de las listas puedan adjuntar méritos anteriores al 3 de marzo de 2018 ya que es un apartado que ha sufrido modificaciones de puntuación en el nuevo Decreto y muchos integrantes no han ido incluyendo méritos en convocatorias anteriores por tener este apartado ya completo.
La Administración informa que este apartado pasó por mesa técnica el pasado 18 de febrero de 2020. Por tanto, no va a haber ningún cambio con respecto a esta resolución.
Así mismo informan que no habrá una rebaremación total.
2.1.2.- Donde dice “los documentos habrán de ser escaneados en formato PDF con un máximo de capacidad de un megabyte (MB)”.
No queda claro si cada documento de forma individual o todos los documentos escaneados de forma conjunta tienen esa limitación, la cual a todos los efectos es bastante escasa.
La Administración responde que no dice que será por cada uno de los ficheros. Limitan a un megabyte porque han de tener una limitación, para no colapsar los servidores de la Consejería de Educación.
2.2.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Debido a las circunstancias actuales y a las modificaciones sustanciales en la forma de participar en este procedimiento, en el que se ha incluido una nueva manera de registro telemático para los que se requiere de claves que se tienen que solicitar a otros organismos, consideramos que los plazos se tienen que ampliar ya que los integrantes se pueden encontrar con dificultades que pueden tardar en ser solventadas y que dicha solución no dependerá de ellos.
La Administración responde que este apartado pasó por mesa técnica el pasado 18 de febrero de 2020. Por tanto, no va a haber ningún cambio con respecto a esta resolución.
Base II.- Forma, cumplimentación y plazo de la solicitud.
Nos parece que se complica demasiado el proceso añadiendo al menos 3 pasos al sistema anterior como son:
1. Necesidad de tarjeta de coordenadas (Párrafo 4 – 2.1.1): Aunque valoramos que se quiera añadir un sistema de seguridad extra, no nos parece el momento oportuno para implantarlo debido a que complica un sistema de acceso que venía funcionando con seguridad.
2. Aprender procedimiento de registro electrónico (2.1.3): Todo sería mucho más sencillo si cada solicitud telemática se generase con un código QR de seguridad que ha sido válido en otras ocasiones. Cabe añadir que la solicitud de un certificado digital es un proceso largo que requiere de presentarse físicamente en un organismo estatal que certifique que individuo solicita el certificado. El DNIe sería posible, pero no todo el mundo tiene activados los certificados digitales y menos aún un lector físico de DNIe.
3. Una vez registrada la solicitud volver a enviarla a la DGPD (2.1.7): Supone triplicar el proceso:
• Se genera una solicitud telemática de la cual la DGPD tiene constancia.
• Se registra dirigida a la DGPD.
• Se vuelve a enviar dicho registro a la DGPD.
Creemos que todo se simplificaría con un único registro en Profex con código QR de seguridad. Tampoco nos queda claro si será necesario mandar los documentos acreditativos compulsados y en este caso como se realiza el procedimiento de compulsa.
La Administración responde que no puede ser por código QR porque se pueden modificar los pdf que se generan. También informan que intentarán hacer la solicitud de la forma más intuitiva posible.
2.1.7. Una vez que la persona solicitante haya procedido a efectuar el registro de la solicitud por alguno de los medios descritos en los apartados anteriores, deberá informar de la solicitud registrada a la Dirección General de Personal Docente aportando tanto la solicitud registrada como el comprobante de dicho registro a través del portal “profex.educarex.es”, dando así por finalizado el proceso de cumplimentación. En el caso de no producirse esta comunicación a la Dirección General de Personal Docente, no se considerará finalizado el proceso de solicitud correspondiente.
Creemos que es una reiteración del proceso de registro de la solicitud. Una vez que se ha registrado por cualquiera de las vías que establece la administración (CAD, correos, …) además de la presentación telemática previa, no sería necesario volver a “informar” a la administración de dicho registro, que dichas vías deben hacer (CAD, Correos…). Podría dar lugar a olvidos entre los participantes.
Sinceramente, creemos conveniente avisar al/la interesado/a recomendarle que guarde en un lugar seguro la documentación generada y/o registrada para presentarla, si fuera el caso, ante la DGPD para resolver cualquier tipo de problemas que se generen durante el proceso.
La Administración responde que una vez registrada la documentación, los participantes tienen que volver a enviar la a la DGPD porque así se aseguran que es la persona la que la realiza en tiempo y forma.
Base IV.- Méritos que se incorporarán de oficio por la Dirección General de Personal Docente.
El Apartado 3.4. consta de dos subapartados, de los cuales, en el 3.4.1., debería detallarse que “serán incorporadas de oficio aquellas acciones formativas que figuren dentro de los registros oficiales”, aclarando qué acciones formativas serán actualizadas de oficio y cuales deberán ser aportadas por los participantes en el proceso.
La Administración responde que este apartado pasó por mesa técnica el pasado 18 de febrero de 2020. Por tanto, no va a haber ningún cambio con respecto a esta resolución. La documentación de oficio: los docentes pueden modificarla, pueden añadir documentos a los méritos aportados de oficio.
El excedente de cursos en el apartado de formación irá a la realidad educativa extremeña.
PUNTO 8. INFORMACIÓN SOBRE LA FORMA DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE “VALORACIÓN DE MÉRITOS DE PERSONAL INTERINO”
La Administración informa:
• Van a realizar una presentación de un tutorial para explicar cómo se va a presentar de manera telemática la documentación.
• La documentación de oficio: los docentes pueden modificarla, pueden añadir documentos a los méritos aportados de oficio.
• A través de una aplicación informática nueva, los docentes podrán realizar preguntas y recibir respuestas, para aclarar el proceso.
• Una vez registrada la documentación, los participantes tienen que volver a enviar la a la DGPD porque así se aseguran que es la persona la que la realiza en tiempo y forma.
• Importante: sólo se aceptarán los archivos subidos en pdf, nada de documentos en otros formatos jpg ni docx.
PUNTO 9. RUEGOS Y PREGUNTAS.
La Administración informa:
• Adjudicaciones de destinos: Se hará julio todas menos el colectivo de interinos, porque ahora tienen que actualizar los méritos, por tanto, adjudicación de funcionarios de carrera en julio, y lo interinos después, tienen que ver cómo va a evolucionar todo.
• Se va a hacer un tutorial en mesa, y se va a subir a Profex sobre preguntas y respuestas del personal interino.
• El borrador de las comisiones de servicio, se tratará en la próxima mesa en breve.
• Se va a convocar el comité de seguridad de salud.
• Es imposible la convocatoria de listas Extraordinarias.
• Se está haciendo un análisis exhaustivo de lista extraordinaria, hay muchas personas que están en reserva y se van a volver a incorporar.
• El pago de los tribunales, itinerancias, se abonará cuanto antes, depende del módulo Alcántara que está dando problemas en cuanto al IRPF. Piden disculpas por el retraso.
• Mañana martes habrá llamamientos telemáticos. Si no hay bajas no se sacan los llamamientos que se producirán en principio cada martes y viernes.
• Las licencias por estudios no se van a publicar.
1. Nos alegramos que la Administración haya publicado en PROFEX las sustituciones y los llamamientos realizados por vía telemática hasta febrero del presente año lectivo. Pese a ello, creemos que, para garantizar la transparencia del sistema, es imprescindible la publicación inmediata de los grupos de cobertura urgente y su orden de prelación, además de las adjudicaciones telefónicas de manera semanal.
La Administración responde que las adjudicaciones por teléfono se publicaron a finales de febrero. Estas publicaciones por teléfono se harán cada dos meses.
2. Se ruega a la administración la máxima concreción a la hora de acotar las competencias que regule cada instrucción, evitando que haya lagunas interpretativas que generen desigualdad en los centros a la hora de aplicar la normativa.
La Administración no responde a esta cuestión.
3. Debido a la no convocatoria de oposiciones, hay muchas especialidades que no disponen de integrantes ni en su lista ordinaria ni extraordinaria, como ya solicitamos a la Consejería. ¿Cuándo se realizará el estudio de las especialidades que necesitan la apertura de listas extraordinarias? ¿Cómo se llevará a cabo?
La Administración responde que no va a haber apertura de listas Extraordinarias.
4. FeSP-UGT solicita a la Consejería de Educación y Empleo convoque la actualización de listas ordinarias, pero también de listas extraordinarias de personal docente interino de cara al curso que viene.
Nuestro sindicato considera que la Administración debe tener en cuenta las siguientes circunstancias:
Primero, que al haberse aplazado la convocatoria de oposiciones hay muchas personas nuevas con los requisitos necesarios para poder acceder a dichas bolsas y que ahora ya no tienen opción de entrar en listas supletorias.
Segundo, porque debido a la situación actual, y de cara al curso que comenzaría en septiembre, sería conveniente no encontrarse con problemas de falta de personal interino, teniendo en cuenta que el alumnado debería tener derecho a reforzar los contenidos no impartidos en este curso lo más pronto posible.
Asimismo, aunque otros años sólo ha actualizado la experiencia en estas listas, creemos que podría ser más útil y de justicia, que ese personal interino también pudiese presentar méritos y puntuación en Formación. Consideramos que como este año la Dirección general de personal docente no tiene que baremar méritos de opositores es perfectamente viable.
Calculamos que puede haber 500 profesores de listas extraordinarias que son necesidades reales desde inicio de curso.
La Administración responde que se está haciendo un análisis exhaustivo de lista extraordinaria, hay muchas personas que están en reserva y se van a volver a incorporar. Va a ver muchos docentes de las listas Extraordinarias que estaban en reserva y que seguramente van a incorporarse a trabajar. Listas extraordinarias siempre se actualizan en septiembre.