Hoy miércoles 29 de abril de 2020, se publica en el Diario Oficial de Extremadura nº 82, ORDEN de 28 de abril de 2020 por la que establece la suspensión de plazos y las reglas para efectuar modificaciones en el cumplimiento y acreditación de los requisitos y obligaciones de los beneficiarios de subvenciones gestionadas por el Servicio de Economía Social y Autoempleo de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo del SEXPE como consecuencia de la situación y evolución del COVID-19 y se establece el criterio de proximidad al centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme al artículo 2.2 del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario.
http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2020/820o/20050063.pdf
La presente orden tiene por objeto:
– La suspensión de plazos de obligado cumplimiento para las personas, entidades y empresas beneficiarias de subvenciones gestionadas por el Servicio de Economía Social y Autoempleo del Servicio Extremeño Público de Empleo
– Exención del cumplimiento de determinados requisitos y la modificación obligaciones exigidos a las personas, entidades y empresas solicitantes de estas subvenciones, establecidos en las bases reguladoras de las mismas
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, si bien sus efectos se retrotraen a la fecha establecida en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en la que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, salvo lo previsto en la disposición adicional única, cuyos efectos serán desde la fecha ahí prevista
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