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Anuncios importantes:
- La convocatoria de las Oposiciones se producirá previsiblemente a mediados de febrero.
- Se recogerán, al igual que el proceso anterior, en una única solicitud el acceso a listas de interinos y al concurso oposición.
- La prueba práctica contendrá tres opciones distintas a escoger un único supuesto práctico.
- El baremo del Concurso Oposición se publicará probablemente a mediados de junio.
- La puntuación provisional del concurso de méritos de la oposición se comunicará de manera individual para resolver las reclamaciones de manera directa con un margen amplio previo antes de los exámenes. Se publicará el baremo definitivo una vez iniciado el proceso de oposiciones y tras la prueba 1B.
- La Convocatoria de oposición 2022 se desarrollará con el Protocolo COVID. No serán excluidas de las listas de interinos las personas que no puedan acudir por motivo COVID o causa de fuerza mayor.
- La Programación Didáctica se regirá por el nuevo Decreto de Evaluación.
- El Máster de Formación del Profesorado puntuará en el apartado de méritos siempre que no sea requisito para presentarse.
- La situación de exención de pago de tasas por situación de desempleo se justificará mediante Historial de periodos en situación de desempleo.
Esquema Oposiciones Maestros 2022 – RD 2762007
Resumen de la Mesa Sectorial de carácter extraordinario celebrada en Mérida el 1 de febrero de 2022 a las 10:00 horas, en la que se trató la convocatoria del Concurso Oposición de Educación para el cuerpo de Maestros en 2022, con la asistencia de las siguientes personas:
- Asisten por parte de la Administración:
- D.ª Ana Martín, Directora General de Personal Docente.
- D. David Rodríguez Campón, Jefe de Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente.
- D. Rosendo Espinosa Calvo, Jefe de Negociado de Secundaria y otras Enseñanzas.
- D. Abel García Bermejo, Asesor Técnico.
- Otros funcionarios de la Administración.
- Representantes de las distintas Organizaciones Sindicales.
Orden del día:
1. Punto único: Oposiciones 2022.
Abre la sesión la Directora General de Personal Docente, D.ª Ana Martín, dando la bienvenida a los presentes.
Punto único: Oposiciones 2022.
UGT SP siempre apuesta por la convocatoria de la totalidad de las vacantes que son necesarias para cubrir las necesidades que tiene el sistema educativo, de ahí que sigamos reivindicando la eliminación de la tasa de reposición para el cálculo de la Oferta de Empleo Público docente.
Respecto al marco de negociación, consideramos oportuno que los criterios generales de negociación hayan sido establecidos en la Mesa General de Función Pública tal y como demandamos en la anterior convocatoria.
UGT-SP quiere manifestar su rechazo frontal ante esta convocatoria de oposiciones de maestros por no regirse por el sistema transitorio que está a punto de publicarse por parte del Ministerio de Educación con las modificaciones del RD 276. Nuestro sindicato ha estado negociando por unas pruebas no eliminatorias, más peso en la experiencia docente, mayor optatividad a la hora de elegir el tema, y todo esto para hacer más accesible el concurso-oposición de los maestros. No entendemos la prisa en la convocatoria de las oposiciones de todas las comunidades autónomas, entre ellas la Consejería de Extremadura, cuando en el año 2007, entró el sistema transitorio una vez publicada por parte del Ministerio y la convocatoria de oposiciones se publicó en DOE el día 15 de mayo.
Preámbulo de la convocatoria (Página 5 del Borrador), el último párrafo dice lo siguiente:
“Para garantizar la validez de la documentación aportada digitalmente, en el momento de cumplimentar la solicitud e incluir tal documentación existirá una casilla que deberá marcarse para otorgar la conformidad mediante la confirmación de que es toda la que se quiere hacer valer, así como que se ha incorporado correctamente”.
Desde UGT SP, consideramos que la redacción de este párrafo resulta muy confusa. Para ello proponemos la siguiente redacción:
“Para garantizar la validez de la documentación aportada digitalmente, en el momento de cumplimentar la solicitud, se deberá marcar la casilla habilitada para ello, para garantizar que la documentación aportada sea veraz y correcta”.
La Administración agradece las propuestas de redacción y mejora de la convocatoria y modificará el párrafo según nuestra redacción.
5.2.2.2. Registro de forma presencial
Al igual que en el ANEXO IV, al final de este apartado, se debe indicar si una vez registrada de manera presencial la solicitud generada en pdf, por cualquiera de las vías establecidas en la convocatoria, es necesario subir telemáticamente el justificante de registro o no. Se entiende que si en la convocatoria no viene especificado es porque, supuestamente, no es necesario ni obligatorio hacer dicho trámite; no obstante, sería bueno dejar claro este punto porque ya fue tema de confusión en convocatorias anteriores.
La dirección a la cual hay que hacer el envío se crea por defecto o hay que introducirla, porque puede generar bastante confusión y podría simplificarse el proceso (ej. tipología 1 sale por defecto la dirección de Mérida o debe introducirla el aspirante).
La Administración nos aclara que no es necesario subir el justificante del registro.
5.2.2.3. Destino de la solicitud.
La solicitud registrada telemáticamente o presencial, irá dirigida a:
– Tipología nº1: Dirección General de Personal Docente. Consejería de Educación y Empleo, III Milenio, Avda. de Valhondo s/n, Módulo 5 de Mérida (Badajoz).
– Tipología nº 2 y nº3: en función de la especialidad a Cáceres o Badajoz.
Delegación Provincial de Educación en Cáceres: Avda. Clara Campoamor, nº2. o Delegación Provincial de Educación en Badajoz: Avda. de Europa, nº 2.
En caso de ser varias especialidades de nuevo ingreso a las que se concurre se tendrá en cuenta, a efectos de dirigir el envío, aquella con cuya concatenación o unión del código de cuerpo y del código de especialidad resulte menor numéricamente. Por ejemplo: cuerpo 597 y especialidad 038, el resultado sería 597038.
La Administración nos contesta que la dirección de registro se creará por defecto.
5.6 Contenido de la solicitud según Tipología del aspirante.
A) Tipología 1
Según la redacción de este apartado del borrador, se desprende que los aspirantes no están obligados a concurrir al Acto de Presentación como en Convocatorias anteriores, por ello desde UGT SP solicitamos que aparezca la misma redacción o similar al apartado BASE IV. TIPOLOGíAS DE ACCESO (página 17), en cuya redacción queda claro este aspecto.
“Tipología 1: Aspirantes que, siendo integrantes de listas ordinarias, participan en el procedimiento de valoración de méritos y adecuación a nuevo baremo, y no presentan instancia al proceso de concurso-oposición por no convocarse su especialidad o que no se presenten en la CA de Extremadura.”
Con la aclaración en la Base 4 la Administración lo considera suficiente.
Base XXXIII. Distribución de aspirantes por tribunal
“La asignación de aspirantes por tribunal y orden de actuación del personal opositor se iniciará por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra “M” conforme con el sorteo celebrado el 25 de febrero de 2022 y recogido por la Resolución de 26 de febrero de 2022…”
Habría que modificar las fechas señaladas, cuando se produzca el sorteo para este año.
La Administración corrige esa errata.
35.2 Llamamientos de personas aspirantes.
Desde UGT SP solicitamos que los llamamientos se realicen en el exterior de los Centros, al igual que se realizó en las últimas oposiciones de enseñanzas medias, para evitar aglomeraciones en el interior, porque no hay que olvidar que seguimos atravesando una pandemia. Y así debe aparecer recogido en el texto de la Convocatoria.
Desde UGT SP consideramos insuficiente la redacción que se le da en la BASE XXXVI. MEDIDAS SANITARIAS. Entre otras muchas cuestiones tendría que aparecer en la redacción cómo será el acceso a los Centros y quién podrá acceder a los mismos, o bien, desarrollar todas las medidas sanitarias en el Comité de riesgos laborales.
La Administración responde que se va a desarrollar un Protocolo COVID en el Comité de Salud y Riesgos Laborales.
Base XXXVII. Aplazamiento de pruebas.
Desde UGT SP, solicitamos que el aplazamiento de las pruebas se haga extensible a enfermedades graves o muy graves (accidentes cardiovasculares, cáncer, etc), e incluso a hospitalizaciones sobrevenidas.
(Página 72)
La Administración rechaza nuestra propuesta y argumenta que no serán excluidos de la lista los interinos que no puedan acudir por motivo del Covid o causas de fuerza mayor.
56.2.3. Objeto y régimen de la fase de prácticas.
“Las prácticas tendrán por objeto comprobar que los aspirantes seleccionados poseen las capacidades didácticas necesarias para la docencia.
Su duración será de seis meses computados desde la fecha de efectos de su nombramiento como funcionarios en prácticas, desarrollándose durante el curso escolar 2022/2023.”
UGT SP considera necesario modificar la duración de la fase de prácticas, puesto que hay varias Comunidades Autónomas, entre ellas Aragón, en las cuales la fase de prácticas oscila entre tres y cinco meses, como aparece el BOA de 18 de Enero de 2021, en función de las situaciones excepcionales en las que puedan encontrarse las funcionarias en prácticas (embarazo, maternidad, adopción…).
Se podría añadir algún párrafo similar al que hay en la Convocatoria de oposiciones de Aragón, en la cual se dice literalmente lo siguiente:
Fase de prácticas.
Las prácticas tendrán por objeto comprobar la aptitud para la docencia de los/as aspirantes que han superado el concurso-oposición y su duración será al menos de cinco meses de actividad docente. No obstante, las funcionarias en prácticas que durante el período de las mismas se encontrasen en situaciones de baja con motivo de embarazo o de permiso por maternidad o adopción deberán completar más de tres meses durante el curso escolar para ser valoradas por la comisión de calificación. Su desarrollo será regulado por Resolución de la Dirección General de Personal. Se crearán comisiones calificadoras de la fase de prácticas que programarán las actividades de inserción en el centro y de formación. Su composición se determinará en la Resolución que regule la fase de prácticas. La Comisión designará a un/a docente que tutelará al aspirante en esta fase. Asimismo, estas comisiones serán las encargadas, con arreglo a los criterios que establezca la citada Resolución, de la evaluación final, que se expresará en los términos «apto» o «no apto». Quienes necesiten aplazamiento de incorporación por causas debidamente justificadas, deberán solicitarlo por escrito, acompañando los documentos justificativos, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir de la exposición por las comisiones de selección de las listas de aspirantes seleccionados, a la Dirección General de Personal, quien resolverá según corresponda. Quienes no superen la fase de prácticas, podrán incorporarse a las prácticas del siguiente concurso-oposición que se convoque, con el número de orden siguiente al último de los seleccionados en la misma especialidad. En caso de no poder incorporarse a la siguiente promoción por no haberse convocado ese año procedimiento selectivo al mismo cuerpo y especialidad, la persona interesada realizará la fase de prácticas en el curso siguiente a aquel en que fue calificada como «no apto». Quienes no se incorporen o sean declarados «no aptos» por segunda vez perderán todos los derechos a su nombramiento como personal funcionario de carrera por Resolución motivada de la autoridad convocante.
La Administración estudiará la propuesta relativa solo a los casos de embarazo, en función de la igualdad de oportunidades, y no respecto a los permisos. Fija el periodo en al menos 4 meses.
Añadir un anexo
Proponemos a la Dirección general de personal docente que la convocatoria incluya un anexo que sea un modelo de declaración responsable de los aspirantes. Este modelo, que ya es utilizado en otros procesos selectivos de la Junta de Extremadura, debería concretar que el aspirante tiene conocimiento de las medidas de prevención (entre otras el uso obligatorio de mascarilla y distanciamiento social) y que estas son de obligado cumplimiento para acceder a los edificios donde se realicen los ejercicios de la convocatoria de pruebas selectivas, así como el compromiso de cumplir y seguir estrictamente dichas medidas preventivas.
Se valorará en el Comité de Saludo y Riesgos Laborales.
ANEXOS
Anexo IV: Instrucciones para formalizar las solicitudes de participación en el procedimiento para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades por personal funcionario del mencionado Cuerpo
Pasos a seguir
Al final de este punto se debería indicar si una vez presentada la solicitud en pdf, de manera presencial, junto con el justificante del pago bancario y el documento de baremación, en las formas indicadas (registros y oficinas a los que se refiere el artículo 7.1, oficinas de correos, etc), es necesario subir telemáticamente el justificante del registro.
No hay que olvidar que ésto dio lugar a mucha confusión en convocatorias anteriores.
La Administración nos reitera que no hay que subir el justificante del registro.
Anexo V: Prueba 1.A y Programación didáctica
IDIOMA EXTRANJERO: INGLÉS
Desde UGT SP, consideramos insuficiente dos horas para la realización de las dos pruebas que realizarán los compañeros de esta especialidad. Para ello solicitamos al igual que en el resto de especialidades, la resolución de un caso práctico únicamente, puesto que lo relativo a las cuestiones gramaticales, morfosintácticas y léxicas ya quedan suficientemente demostradas al realizar la redacción de dichas pruebas en el idioma correspondiente.
“1.-Respuesta en el idioma correspondiente de cuatro cuestiones gramaticales, léxicas o de análisis del discurso.
2.-La resolución de un caso práctico en relación con la impartición del currículo asignado a la especialidad en la educación primaria, a elegir entre tres.”
EDUCACIÓN MUSICAL. Prueba 1.A
Desde UGT SP, consideramos que la prueba práctica de la especialidad de música sea acorde con la etapa educativa de Educación Primaria. Las anteriores oposiciones el caso práctico resultó de un nivel superior a lo que se imparte en la Etapa de Primaria.
La Administración regulará las pruebas sin modificar la estructura prevista de las mismas.
→ UGT SP solicita a la Administración que los tribunales realicen las pruebas de los casos prácticos antes de la oposición para comprobar que su resolución se ajusta adecuadamente a los tiempos establecidos de la convocatoria.
→ Desde UGT SP solicitamos que se aclare la puntuación en las actividades formativas online.
La Administración nos verifica que todas las actividades online serán baremadas independientemente de su coincidencia temporal.