El texto de la LOSU, aprobado en Consejo de Ministros el pasado 21 de junio, incorpora unas modificaciones importantes sobre el último texto que se presentó a los Sindicatos, y que afectan a la carrera profesional.
UGT intentará que el texto sea mejorado en vía legislativa, por lo que hemos iniciado una ronda de contactos con los grupos parlamentarios. El pasado martes, 28 de junio, presentamos nuestras reivindicaciones al PSOE. Son unas modificaciones al texto, que en general van enfocadas a los siguientes objetivos:
1. La reducción de la temporalidad del PDI al 8% es tramposa, la realidad es que seremos la única administración pública con más de un 20% de temporalidad. Todos los contratos temporales, sean del carácter que sean, han de computar en la tasa de temporalidad. Respecto a la estabilización del PTGAS, que esperamos no supere el 8%, no hay motivo para que no sea efectiva mucho antes del 31 de diciembre de 2024, que estipula la Ley.
2. La representación del PTGAS y del PDI Laboral en los órganos de gestión y dirección de la universidad no es proporcional a la importancia de estos colectivos en el funcionamiento de la institución.
3. La eliminación de cualquier figura contractual sin título de doctorado puede conllevar que solo aquellos con un apoyo económico solvente puedan comenzar su carrera profesional como profesor universitario.
4. La propuesta para solucionar la precariedad actual se ha complicado con la eliminación de estas figuras y los mecanismos de promoción interna que se especifican. Ahora se estipula que “Las universidades fomentarán las modalidades de contrato predoctoral para docentes no doctores que hayan estado vinculados a la universidad al menos 5 cursos académicos de los últimos 7 años a través de los contratos de profesorado asociado u otros contratos de duración igual o inferior a un año”. Recordemos que estos contratos tienen carácter formativo y no laboral.
5. Nos preocupa la multitud de diferentes figuras temporales que se podrán crear bajo la tutela de esta Ley, tanto de PDI como de PAS, lo que provocará situaciones de agravio laboral.
6. Se producen también agravios en la valoración de los méritos para la acreditación a figuras estables que deben ser corregidos.
Es cierto que valoramos la inclusión en el texto de alguna de las reivindicaciones que, como UGT, habíamos planteado:
• La no aplicación de las limitaciones de incompatibilidades para participar en entidades o empresas basadas en el conocimiento al PDI Laboral y el PTGAS, funcionario o laboral, que en el anterior texto solo reconocían al PDI Funcionario.
• La aplicación del EBEP al PTGAS Laboral.
• Se exime a los CEUs y TEUs del requisito de la estancia para poder acreditar; ahora faltaría esta exención para los Colaboradores.
En breve os informaremos de la reunión con el Ministerio con el objeto de comenzar los trabajos para elaborar un Estatuto del PDI, para lo que nos han prometido constituir formalmente la Mesa Sectorial de Universidades.