Según la aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y la publicación del Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, se establecen dos procedimientos.
Son los siguientes:
• CONCURSO DE MÉRITOS (Disposición adicional 6ª y 8ª. Ley 20/21)
• CONCURSO-OPOSICIÓN. Pruebas no eliminatorias. (RD 270/22. Art. 2.1. Ley 20/21)
En esta página iremos actualizando las OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO que se vayan publicando, así como todos los detalles de los dos procesos (CONCURSO DE MÉRITOS Y CONCURSO-OPOSICIÓN). Se puede consultar pinchando en los enlaces todas las plazas ofertadas por cuerpos y especialidades en cada una de las comunidades autónomas.
1.- PLAZAS OFERTADAS POR CONCURSO DE MÉRITOS POR CUERPOS-ESPECIALIDADES
¡¡¡ASPECTOS A TENER EN CUENTA!!!!
• El plazo provisional de solicitudes será del 21 de noviembre al 21 de diciembre.
• Aunque las convocatorias se hagan en cada comunidad autónoma, se podrán pedir plazas de cualquiera de las CCAA participantes: de momento todas menos Cataluña, País Vasco y Galicia, que realizan convocatorias propias.
• La solicitud se presentará en la comunidad autónoma de la primera petición y se realizará una por cada especialidad en la que se participe.
• En este concurso de méritos no hay más requisito para participar que el de titulación que habilite para la docencia, según el RD 276/2007 y sus modificaciones posteriores y el de lengua propia, según la comunidad autónoma.
• El baremo y los criterios a aplicar se basarán en lo recogido en el RD 270/2022 para estas plazas de estabilización por concurso de méritos. VER BAREMO CONCURSO DE MÉRITOS