UGT Servicios Públicos de Extremadura informa sobre la publicación en el DOE del Calendario de Días Inhábiles para el cómputo de plazos administrativos durante el año 2024.
En el DOE n.º 238 de hoy, se publicó la RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2023, de la Consejera, que establece el calendario oficial. Consulta el documento aquí
Serán días inhábiles, además de sábados y domingos, las fiestas laborales de Extremadura.
Fiestas Laborales:
- 1 de enero: Año Nuevo
- 6 de enero: Epifanía del Señor
- 13 de febrero: Martes de Carnaval (reemplazando el descanso en lunes de la festividad de 8 de septiembre, Día de Extremadura, domingo)
- 28 de marzo: Jueves Santo
- 29 de marzo: Viernes Santo
- 1 de mayo: Fiesta del Trabajo
- 15 de agosto: Asunción de la Virgen
- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
- 1 de noviembre: Todos los Santos
- 6 de diciembre: Día de la Constitución Española
- 9 de diciembre: Descanso laboral correspondiente al 8 de diciembre, Inmaculada Concepción (por coincidir en domingo)
- 25 de diciembre: Natividad del Señor
Además, cada entidad local en Extremadura seguirá sus fiestas locales