UGT detalla las actuaciones necesarias para quienes no han cobrado la tercera parte de la subida correspondiente al año 2020 en la nómina de abril, tras consulta con la Dirección General de Función Pública.
UGT Servicios Públicos Extremadura informa que, tras mantener comunicación con la Dirección General de Función Pública, se han clarificado los procedimientos que deben seguir los empleados públicos que no han percibido en su nómina de abril de 2025 la tercera parte del incremento retributivo del 2% correspondiente al año 2020.
Este pago fue autorizado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el pasado 15 de abril, pero se han detectado diversas incidencias que afectan a varios colectivos de trabajadores. Desde UGT se detallan las siguientes casuísticas y cómo actuar en cada una de ellas:
🔹 1. Empleados en activo en 2025 que también lo estaban entre enero y noviembre de 2020 y no han cobrado el incremento:
Estos trabajadores deben contactar con su Secretaría General correspondiente para que se subsane el error lo antes posible.
🔹 2. Empleados en activo en 2025 que estuvieron de baja por Incapacidad Temporal (IT) durante todo o parte del periodo de enero a noviembre de 2020 y no han cobrado el incremento:
La Administración ha informado que está trabajando para que este colectivo reciba el abono en la nómina del mes de mayo. No es necesario realizar ninguna reclamación por el momento. Solo si no se cobra en mayo deberá contactarse con la Secretaría General correspondiente.
🔹 3. Personas que ya no tienen relación contractual con la Administración General (por jubilación, cese, etc.), pero trabajaron entre enero y noviembre de 2020:
En estos casos, la Administración publicará en el Portal del Empleado Público una Circular reguladora con el procedimiento a seguir para reclamar el abono. Esta publicación se hará “cuanto antes”, según lo comunicado.
Exigimos la máxima celeridad para corregir estos errores y garantizar que ningún trabajador o trabajadora quede excluido del pago que legalmente le corresponde. Asimismo, se mantiene el compromiso de seguimiento activo hasta que todos los casos sean resueltos.
Se puede consultar el Acuerdo del Consejo de Gobierno que autoriza este pago en el siguiente enlace:
👉 Acuerdo de Gobierno del 15 de abril de 2025