UGT exige responsabilidades ante la desorganización, el trato desigual y la vulneración de derechos laborales durante el episodio de alerta climática.
La gestión de la reciente alerta meteorológica por parte de la Junta de Extremadura ha provocado una situación de desorganización, desinformación y trato desigual entre trabajadoras y trabajadores del sector público.
Sin instrucciones claras ni protocolos activados, cada Centro, Servicio o incluso cada persona tuvo que “buscarse la vida”: unas personas acudieron a su puesto, otras llamaron a sus superiores y otras no asistieron por decisión propia. El resultado fue un escenario caótico, arbitrario e injusto, que vulnera la seguridad, la conciliación y el principio de igualdad de trato.
Esta situación resulta especialmente grave teniendo en cuenta que la Administración dispone de información anticipada a través del 112 y, aun así, no activó ninguna medida extraordinaria para proteger al personal ni garantizar la conciliación familiar.
El Decreto 44/2025 ampara el teletrabajo excepcional… pero no se aplicó. UGT recuerda que el Decreto 44/2025, de 27 de mayo, regula expresamente, en su artículo 16, la posibilidad de establecer teletrabajo por circunstancias excepcionales, como:
- Situaciones de emergencia ambiental o fuerza mayor.
- Razones de prevención de riesgos laborales.
- Necesidades sobrevenidas de conciliación, sin consumo de permisos.
A pesar de cumplirse todos los supuestos legales, la Junta no activó esta posibilidad, privando al personal de una herramienta legal que garantiza su seguridad y conciliación.
UGT recuerda que, según el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, las personas trabajadoras tienen derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro días cuando una alerta meteorológica impide el acceso al puesto de trabajo.
Los requisitos para solicitarlo son:
- Imposibilidad real de acudir al centro por vientos, cortes de carretera, inundaciones u otros riesgos extremos.
- Existencia de recomendaciones o restricciones de desplazamiento por parte de autoridades competentes.
No será aplicable si la persona puede teletrabajar con medios proporcionados por la Administración.
El procedimiento es sencillo: notificar lo antes posible al centro de trabajo indicando la imposibilidad de acudir por fuerza mayor, y conservar los justificantes (alertas de AEMET, comunicados de Protección Civil…).
Ante esta gestión improvisada e injustificable, UGT Servicios Públicos Extremadura exige:
- La implantación de protocolos claros, unificados y de aplicación automática ante alertas meteorológicas según lo establecido en el Real Decreto 5/2023 y Real Decreto-ley 8/2024 (que obliga a las empresas a implementar protocolos de actuación ante fenómenos atmosféricos adversos) estableciendo medidas de prevención de riesgos laborales obligatorias, especialmente con alertas naranja o roja y permitiendo la adaptación de la jornada, el trabajo a distancia o el cese de actividad por riesgo grave e inminente.
- La activación inmediata del teletrabajo excepcional en
contextos de riesgo. - Medidas efectivas de conciliación sin penalización.
- Garantía real de seguridad y salud laboral para todo el personal.
- Igualdad de trato en toda la Administración.
La improvisación no puede seguir siendo la respuesta oficial ante fenómenos climáticos extremos. En un contexto de cambio climático, estos episodios se repetirán con más frecuencia. Por tanto, proteger al personal, respetar la legalidad y asegurar la conciliación no es una opción: es una obligación.