Condena firme al Ministerio de Defensa: deberá pagar funciones de jefatura tras la demanda de UGT

El fallo judicial establece que el cumplimiento efectivo de órdenes jerárquicas genera derecho a retribución, rechazando el argumento de la Administración que pretendía evitar el pago alegando errores en su propio procedimiento de nombramiento.

Badajoz, 26 de febrero de 2026

UGT-SERVICIOS PÚBLICOS. EXTREMADURA.

La Plaza Nº 5 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Badajoz ha dictado una sentencia que obliga al Ministerio de Defensa a reconocer y abonar los complementos de mando a un trabajador de la Base Aérea de Talavera.

El conflicto se originó cuando un empleado de la plantilla laboral fija, especialista en automoción, fue nombrado en 2022 como jefe técnico operativo de la central eléctrica de la base aérea.

A pesar de asumir la responsabilidad de coordinar, supervisar y dirigir a personal de diversas especialidades (electricidad, carpintería y construcción), el Ministerio no le abonaba el complemento salarial correspondiente a dichas funciones de jefatura.

Durante el proceso, la defensa del Ministerio de Defensa sostuvo que el nombramiento se había realizado por un «cauce no reglamentario».

Sin embargo, el magistrado ha sido contundente en su fundamentación: una irregularidad administrativa interna no puede perjudicar al trabajador, quien se limitó a cumplir las órdenes recibidas y a desempeñar sus funciones.

Se trata de una sentencia innovadora cuyo fallo podría extrapolarse a determinados nombramientos o encomiendas de desempeño de funciones de responsabilidad que, en el ámbito de la administración autonómica, se han venido produciendo de manera irregular y sin que, al menos en algunos casos, hayan venido acompañados del abono de la retribución complementaría correspondiente.  

Compatibilidad de complementos y condena económica

La resolución judicial aclara que el complemento de Mando y Jefatura (MJ) es plenamente independiente y compatible con el de Responsabilidad o Cualificación Técnica (RCT), el cual el trabajador ya percibía.

El tribunal considera acreditado que el demandante no solo ejercía el mando sobre otros operarios, sino que también aportaba una cualificación técnica específica y diferenciada de su especialidad original al gestionar la central eléctrica de la base.

En consecuencia, el magistrado ha estimado íntegramente la demanda, dictaminando lo siguiente:

  • Reconocimiento de derecho: El trabajador deberá cobrar el complemento MJ en nómina mientras mantenga sus funciones actuales.
  • Atrasos salariales: Se condena al Ministerio al pago de 6.300,54 euros brutos por el periodo comprendido entre mayo de 2022 y diciembre de 2025.
  • Intereses de demora: La Administración deberá abonar adicionalmente 630 euros en concepto de interés legal por mora, conforme al Estatuto de los Trabajadores.

La sentencia es firme y no cabe recurso contra ella debido a la cuantía del procedimiento.

UGT-SERVICIOS PÚBLICOS en EXTREMADURA, sindicato con más representación en las Administraciones Españolas, ofrece a las trabajadoras y trabajadores servicios jurídicos atendidos por profesionales especializados, quienes podrán prestarles el asesoramiento y la defensa que en cada momento puedan necesitar.

Lo más leído