La plaza número 2 del Tribunal de Instancia de lo Contencioso-Administrativo de Mérida ha fallado a favor de un trabajador del ámbito sanitario, reconociendo su pleno derecho a que los servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea sean valorados en igualdad de condiciones que los del Sistema Nacional de Salud español
Mérida, 25 de mayo de 2026
El conflicto se originó tras la resolución de la Gerencia del Área de Salud de Don Benito-Villanueva de la Serena, la cual publicó el listado definitivo de adjudicaciones del concurso de traslado intrahospitalario. En dicho proceso, convocado en febrero de 2025 para proveer vacantes en categorías como enfermería, cuidados auxiliares, función administrativa y celador, la Administración omitió contabilizar los servicios que el demandante había prestado efectivamente en Portugal.
Las bases del concurso excluían el cómputo de esta experiencia internacional al limitar la puntuación (0,15 puntos por mes) estrictamente a los servicios dentro del Sistema Nacional de Salud español.
Ante esta situación, los Servicios Jurídicos de UGT-SP Extremadura asumieron la defensa legal del asunto, elevando el caso a los tribunales tras la desestimación del recurso de alzada previo.
La Magistrada ha sido contundente al estimar íntegramente el recurso interpuesto. El fallo declara la disconformidad a derecho de la actuación administrativa y obliga a revocar parcialmente la resolución impugnada.
En consecuencia, se deberá emitir una nueva resolución modificando el baremo de méritos para incluir y puntuar los servicios prestados en Portugal en los mismos términos que los centros nacionales.
La resolución judicial se fundamenta en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La jueza argumenta que la actuación del SES implica una restricción a los principios de libre circulación y no discriminación. Además, recalca que carece totalmente de sentido lógico excluir de la baremación la experiencia en otros estados de la UE, lo que dejaría en peor situación a quienes prestaron idénticos servicios fuera de España.
Este fallo supone un espaldarazo al trabajo del equipo jurídico regional de UGT-SP en la defensa de los derechos de las empleadas y empleados públicos. Desde la organización sindical se mantendrá una vigilancia activa para que la experiencia comunitaria se respete en todos los procesos de movilidad y estabilización del Servicio Extremeño de Salud.
UGT-SP pone a disposición de las trabajadoras y los trabajadores que pudieran encontrarse en similares circunstancias, sus servicios jurídicos, donde se encargarán de comprobar la viabilidad de su reclamación y, en su caso, iniciarán el proceso correspondiente.