Hoy martes día 1/09/2020, se publica en el DOE n.º 170 el DECRETO 48/2020, de 26 de agosto, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2020/1700o/20040061.pdf
Se establecen las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021:
1 de enero, Año Nuevo |
6 de enero, Epifanía del Señor |
1 de abril, Jueves Santo |
2 de abril, Viernes Santo |
1 de mayo, Fiesta del Trabajo |
15 de agosto, Asunción de la Virgen |
8 de septiembre, Día de Extremadura |
12 de octubre, Fiesta Nacional de España |
1 de noviembre, Todos los Santos |
6 de diciembre, Día de la Constitución Española |
8 de diciembre, Inmaculada Concepción |
25 de diciembre, Natividad del Señor |
Se señala como fiesta en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021 (reemplazando el descanso en lunes de la festividad del día 15 de agosto, domingo) el 19 de marzo, festividad de San José.
Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales, otros dos días, que serán determinados por la D.G de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo.