Desde FeSP-UGT consideramos que la aplicación del procedimiento de llamamiento telemático de interinos veta la libertad de petición de los integrantes que pertenecen a más de una lista, puesto que, cuando se puede optar en un mismo llamamiento a vacantes de más de una especialidad, éstas se asignan en función de su código numérico, sin tener en cuenta la afinidad a su titulación ni la preferencia de la persona convocada.
Por ello, hemos solicitado, mediante el escrito adjunto dirigido a la Dirección General de Personal Docente y presentado hoy en registro, que en el procedimiento de adjudicación de destinos se aplique la Resolución de 7 de septiembre de 2020 en el que indica que la adjudicación se realizará teniendo en cuenta el puesto que la persona ocupa en la lista y el orden de preferencia indicado en su solicitud.