Los contagios por COVID-19 en empleados públicos designados en servicios esenciales deben considerarse automáticamente accidentes profesionales

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UGT pide un reconocimiento expreso y señala que ha recibido múltiples consultas de los empleados públicos sobre este tema 

La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT ha pedido al Gobierno que modifique la normativa para proteger al máximo a los empleados públicos que están en primera línea en el lucha contra coronavirus. El sindicato pide que se califique automáticamente como accidente laboral, a todos los efectos, el contagio por COVID-19 producido entre los trabajadores en todas aquellas actividades esenciales en materia de Servicios Públicos que comporten un riesgo manifiesto.

Esta es la situación de todo el personal estatutario de los Servicios Públicos de Salud; policías locales y autonómicas; personal de los Servicios Sociales y Dependencia; servicios funerarios; limpieza viaria y recogida de basura; Correos; Instituciones Penitenciarias, etc. En estos colectivos, el sindicato considera que el requisito actual de demostrar la relación causa-efecto entre la actividad que desempeña y el contagio por COVID-19, necesaria en la calificación de cualquier accidente como laboral, se presuma que concurre de manera automática, salvo prueba en contrario. UGT ha pedido al Gobierno que modifique para dar mayor seguridad jurídica a estos empleados públicos varios artículos de los reales decretos 6/2020, 7/2020 y 13/2020. 

El sindicato reclama, ante el contagio del COVID-19 por el desempeño de la actividad profesional habitual, un reconocimiento normativo expreso como accidente de trabajo en todas las contingencias derivadas del mismo. UGT señala que ha recibido múltiples consultas de la ciudadanía sobre este tema y observa que alguna regulación no es lo suficientemente explícita, generando inseguridad jurídica en determinados derechos de los empleados y trabajadores de los Servicios Públicos y ha suscitado interpretaciones variopintas sobre su alcance.

Por este motivo pide que el Gobierno también resuelva todas las dudas e incertidumbres generadas al respecto, señalando de manera clara y contundente que incertidumbres generadas al respecto señalando de manera clara y contundente que tendrá consideración de accidente de trabajo a todos los efectos (no sólo a efectos de la prestación económica por incapacidad temporal) el contagio del Covid 19 derivado de la actividad profesional desarrollada.

UGT ya hizo una solicitud hace unos días para que esta cuestión no solo fuera referida a aquellos empleados y trabajadores del sector público que se encuentran en alta en el Régimen General de la Seguridad. Esta reivindicación se suma a la realizada por la Federación de Profesionales de Seguridad Pública (FEPOL) para considerar muerte por accidente de trabajo a los empleados de los servicios de emergencias.

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