Medidas excepcionales para la prestación de servicios en las Oficinas de Registro. JUNTA DE EXTREMADURA

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Hoy lunes día 23 de marzo de 2020, se publica en el DOE nº 57 RESOLUCIÓN de 20/03/2020, de la Vicepresidenta 1ª y  Consejera, por la que se adoptan medidas excepcionales respecto a la prestación de servicios a través de las oficinas de registro dependientes de la Administración de la Junta de Extremadura, con motivo del COVID-19.

 

ENLACE AL DOE: http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2020/570o/20060653.pdf

 

En tanto no exista motivo para levantar la suspensión de los plazos de procedimientos administrativos y atendiendo a la evolución de la pandemia del COVID-19 y las recomendaciones que adopten las autoridades sanitarias y administrativas competentes,

 

R E S U E L V E :

 

  • Mantener cerradas al público las oficinas de registro durante la vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.
  • El servicio de información sobre la actividad administrativa se realizará mediante el correo electrónico:

información.sia@juntaex.es,

y el teléfono:

924005194 en horario de 8.30 a 14.00 y de 16 a 18 horas.

 

  • El registro electrónico de documentos podrá realizarse mediante el sistema de la Administración General del Estado habilitado:

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

 

  • No obstante lo anterior, se advierte que están suspendidos los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos, así como los de prescripción y caducidad para el ejercicio de acciones y derechos durante la vigencia del estado de alarma y, en su caso, las prórrogas que se adoptaran.

La presente resolución producirá efectos desde el momento de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura

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