Medidas excepcionales respecto a la selección de personal temporal mediante bolsas de trabajo

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El Consejo de Gobierno ha aprobado en el día de hoy viernes 17 de abril de 2020 un decreto-ley con medidas extraordinarias en materia de subvenciones, en la ejecución de prestaciones de contratos administrativos y en la selección de personal temporal mediante bolsas de trabajo.

Como ya sabéis, porque así os hemos informado, FeSP-UGT Extremadura durante el estado de alarma está realizando una serie de propuestas a la administración para que lleve a cabo medidas excepcionales en estos momentos excepcionales. Por ello, nos alegra que la administración recoja en este decreto-ley parte de nuestras reivindicaciones, pero seguiremos insistiendo en la adopción de más medidas excepcionales para que se valore la labor de los/as trabajadores/as (puntuación doble por los servicios prestados para todos/as los/as trabajadores/as que están actuando durante esta crisis sanitaria del COVID19, modificación urgente del Decreto 201/1995 y en concreto del artículo 29 listas de espera retocando aspectos sobre como confeccionar las listas de espera, las causas de exclusión de los aspirantes de las listas de espera, etc… ).

En dicho decreto-ley se indica lo siguiente en su artículo 3:

“Medidas excepcionales en relación con la selección de personal temporal mediante bolsa de trabajo” :

“Los aspirantes que pertenezcan a las bolsas de trabajo de cualquier cuerpo/categoría y especialidad de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura que, durante el tiempo que se encuentre vigente el Estado de Alarma, aceptaran una oferta de trabajo dirigida a dar respuesta a las necesidades derivadas de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez finalice el contrato laboral o nombramiento interino se reincorporarán a la correspondiente bolsa en la posición que les corresponda aunque la duración del contrato o nombramiento exceda de tres meses, excepcionando así lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 29 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la CA de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre”. Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en DOE, suponemos que será mañana en un  DOE extraordinario.

FeSP-UGT Extremadura entiende que esta medida excepcional debería ser el camino a seguir para la modificación sustancial de este Decreto  pretérito, desfasado y no adaptado a los tiempos ordinarios que hemos vivido y extraordinarios que estamos viviendo. No se puede parchear continuamente, y la administración debe ser consciente de ello ya que las expectativas laborales en cuanto a la estabilidad de los/as trabajadores/as que conforman las bolsas de trabajo están siempre en sus mentes y no solo en estos momentos.

FeSP-UGT Extremadura seguirá trabajando en ello como llevamos haciendo desde el minuto uno, denunciando la falta de EPIs, contactando con los responsables de los centros sin importar fechas ni horas, para que los/as trabajadores/as tengan la mayor protección posible en esta lucha contra el virus en los distintos centros de trabajo, llevamos solicitando a la Administración desde que comenzó la crisis sanitaria que los Centros Sociosanitarios debían ser prioritarios en su atención, medicalizandolos y realizando los test de detección del COVID19 a todos/as  para evitar el contagio involuntario por parte de trabajadores/as y/o usuarios asintomáticos a otros.

Aprovechamos para daros las gracias a todos/as los que estáis dando lo mejor de sí para luchar contra esta pandemia

 

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