Medidas y pautas de actuación para la reincorporación progresiva a sus puestos de trabajo de los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura. Publicación en DOE

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Tal y como os adelantamos, en el día de hoy jueves 14 de mayo de 2020 se publica en el Diario Oficial de Extremadura nº 92, se publica la RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2020, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se establecen las medidas y pautas de actuación para la reincorporación progresiva a sus puestos de trabajo de los empleados públicos del ámbito general de la administración de la Junta de Extremadura.

http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2020/920o/20060773.pdf

Dicha Resolución está estructurada de la siguiente manera:

  • Objeto
  • Ámbito de aplicación
  • Órganos Competentes
  • Ppios. Básicos que se tendrán en cuenta en el proceso de reincorporación de los EEPP
  • Medidas preventivas y de protección frente al Coronavirus SARS-CoV-2 (COVID19)
  • Atención al público
  • Modalidades no presenciales de trabajo
  • Reuniones
  • Cursos y actividades formativas
  • Viajes
  • Flexibilización del horario de trabajo e incorporación
  • Flexibilización del disfrute de vacaciones
  • Empleados/as públicos/as con personas dependientes a cargo
  • Situación de aislamiento o contagio
  • Sujeción a las necesidades del Servicio
  • Seguimiento
  • Efectos, publicidad, suspensión pruebas selectivas y actualizaciones

A continuación os resumimos las pautas y medidas publicadas

  • La reincorporación a los puestos de trabajo debe ser progresiva y escalonada, garantizando la seguridad y salud de los mismos en el desempeño de sus funciones
  • Será de aplicación al personal laboral y funcionario de la Junta de Extremadura y Organismos Autónomos (excepto los que venían prestando servicios esenciales de forma presencial)
  • No se producirá ninguna reincorporación presencial hasta que se hayan adoptado las medidas preventivas que procedan
  • Carácter preferente a todas las modalidades NO presenciales de trabajo (durante los 3 meses siguientes a la finalización de la declaración del estado de alarma)
  • Se prestará especial atención a los colectivos clasificados como grupos vulnerables
  • La atención al público será prioritariamente telefónica y telemática
  • Se evitaran reuniones y viajes de trabajo
  • Se organizaran actividades de información y formación sobre medidas preventivas ante el COVID19 para todos los EEPP
  • Se flexibiliza el horario de trabajo e incorporación así como el disfrute de las vacaciones (Destacar que la reincorporación presencial se iniciará en el momento en que la CA de Extremadura pase a la Fase 2 de desescalada.Se debe disfrutar al menos la mitad de las vacaciones entre el 1 de julio y 30 de septiembre siendo la fecha límite para solicitarlas el 1 de junio)
  • EEPP con personas dependientes a cargo ( Cuando el otro progenitor o responsable esté obligado a trabajar presencialmente, continuará en la modalidad no presencial hasta como máximo la finalización del curso escolar y/o apertura centros de atención mayores y discapacidad)
  • Se dictaran las instrucciones necesarias para la correcta implantación de esta resolución

Dicha Resolución también puedes obtenerla en el Portal del Empleado Público:

http://portalempleado.gobex.es/empleado/contenido/detalle.jsp?idSeccion=1&idLegislacion=4414&back=novedades

 

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