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Anuncios importantes:
- La Consejera anuncia una Mesa Técnica para el miércoles 22 de julio sobre el incremento de plantilla, instrucciones de adultos, FP y Distancia, creada para negociarla con las fuerzas sindicales.
- Se anuncia también que el viernes 24 de julio se realizará la Mesa del Comité de salud y riesgos laborales.
- La Consejera anuncia que se está trabajando en un borrador de instrucciones para negociar los posibles escenarios de vuelta a clase en septiembre.
- El Secretario General anuncia que no es obligatorio en este mes entregar el Plan de Contingencia solicitado a los directores ya que hay plazo hasta septiembre.
- El Secretario General anuncia que han hecho unas correcciones importantes al borrador con las aportaciones realizadas por los sindicatos.
- El Secretario General anuncia que va a ver instrucciones específicas para el funcionamiento de los Centros respecto a las medias jornadas y la flexibilización.
- El Secretario General anuncia un nuevo programa de refuerzo llamado PROA-PLUS para ayudar a los alumnos con desajustes por el Covid19.
- Por último, el Secretario General anuncia también un FONDO COVID, una asignación económica ÚNICA para dotar a los centros con material ANTI-COVID.
Resumen de la Mesa Sectorial celebrada en Mérida el 18 de febrero de 2020, a las 9:00, donde se trató de “Unificar las actuaciones correspondiente al inicio y desarrollo del curso escolar 2020-2021 en los Centros Docentes No Universitarios”, con la asistencia de las siguientes personas:
- Por la Administración:
- D.ª Esther Gutiérrez Morán, Consejera de Educación y Empleo.
- D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación.
- D.ª Heliodora Burgos Palomino, Directora General de Personal Docente.
- D. Manuel Gómez Parejo Director General de F.P. y F. General de Empleo.
- D. Juan Pablo Venero, Jefe de Servicio de Innovación del profesorado.
- D. Jesús Pascual, Jefe de Servicio de Ordenación Académica.
- D. Carlos Paumar actúa como secretario de la mesa.
- Representantes de las distintas Organizaciones Sindicales.
Orden del día:
Punto uno: Lectura y aprobación, si procede, de actas de sesiones anteriores.
Punto dos: Instrucción nº xx/2020, de … de … de 2020, de la Secretaría General de Educación, por la que se unifican las actuaciones correspondientes al inicio y desarrollo del curso escolar 2020-2021 en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.
Instrucción nº xx/2020, de … de … de 2020, de la Secretaría General de Educación, por la que se unifican las actuaciones correspondientes al inicio y desarrollo del curso escolar 2020-2021 en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato
Abre la sesión la Consejera Esther Gutiérrez explicando que cómo no saben qué escenario habrá en septiembre, se está trabajando en un borrador de instrucciones para negociarlas si esa posibilidad se puede dar y qué escenarios. Van adelantando ese borrador y a la vuelta de agosto se trabajará conjuntamente con las fuerzas sindicales.
También comenta la consejera que la semana que viene se va a hablar del “Comité de Salud y riesgos laborales” el viernes y como para el miércoles ya tendremos número aproximado de las plantillas fijado el miércoles 22 de Julio se hará una Mesa Técnica información sobre la plantilla creada (incremento de plantilla para el Modelo Presencial) negociarla con los sindicatos.
El Consejero comenta que ha revisado todas las aportaciones y gracias a ellas se han corregido algunos aspectos importantes de la Instrucción Nos reparten unos anexos con las rectificaciones.
Va a ver instrucciones para el funcionamiento de los Centros específicas para las medias jornadas y la flexibilización.
Para las liberaciones parciales sindicales se tendrán en cuenta si obedece a una situación lógica, cuando sea necesario y siempre que se anuncien antes de que se cierre las plantillas.
Añaden que no están pidiendo que los centros tengan la obligación de entregar ahora, en julio, el Plan de Contingencia solicitado ya que pueden entregarlo en septiembre.
Desde nuestro sindicato echamos de menos que no se haga ninguna mención en toda la Instrucción a ningún programa de éxito educativo como IMPULSA, REMA, etc., tan vitales en el nuevo curso tras el Covid-19. Creemos que, debido a la desigualdad en cuanto al tratamiento hacia el alumnado con necesidades educativas especiales acrecentado durante el confinamiento por la brecha digital y social, supone una auténtica urgencia y necesidad iniciar estos programas desde principio de curso para empezar a recuperar cuanto antes a ese alumnado todavía más vulnerable, aún si cabe, después del confinamiento.
FeSP-UGT considera que, aunque se ha dicho en la pasada mesa que se iban a poner en marcha desde el principio de curso, consideramos que debería aparecer explícitamente en estas Instrucciones de inicio de curso.
También consideramos vital la puesta a punto y renovación exhaustiva de la dotación de equipos informáticos para el alumnado de los centros, así como el refuerzo de la conectividad de los mismos, de manera que todos los docentes puedan ensayar desde el primer día y de manera presencial una enseñanza telemática que solvente todas las dudas y problemas que puedan presentarse en hipotéticos escenarios de enseñanza a distancia o mixta.
Articulado
Primera.– Objeto y ámbito de aplicación.
FeSP-UGT solicita una aclaración por parte de la Consejería en relación a que “el plan de contingencia específico (…) deberá ser elaborado por cada centro educativo antes de las vacaciones estivales del curso 2019/2020 (…) y enviado en tiempo y forma a las Delegaciones provinciales”.
Desconocemos cuál es el plazo fijado para ello ni quiénes van a ser los responsables de la elaboración de dicho plan. Asimismo, no sabemos si se va a facilitar a los centros algún modelo del Plan de Contingencia, como se ha hecho en otras comunidades autónoma, para facilitar su elaboración y no entendemos cómo se va a poder poner en marcha un plan de este tipo sin las consideraciones ni el visto bueno del Claustro, haciendo recaer toda la responsabilidad sobre los directores y el equipo directivo de cada centro.
Volvemos a recordar a la Administración que los directores de los centros no son técnicos de prevención de riesgos laborales y que estamos a mediados del mes de julio, con lo cual consideramos muy precipitado y complejo elaborar en unos pocos días un plan sin la colaboración del claustro ni la comunidad educativa.
La Administración ha corregido este apartado de la instrucción y ha admitido nuestra aportación dándole a los Centros la posibilidad del entregar el Plan de Contingencia en septiembre.
Tercera.– Adecuación del horario del profesorado de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesorado de enseñanzas de régimen especial.
FeSP-UGT se reafirma en la solicitud del mantenimiento de las 18 horas como referencia del horario lectivo en enseñanzas medias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según lo firmado en el Acuerdo de 2018.
Según la instrucción a 21 horas lectivas le corresponden 3 horas complementarias y 2 CHL, que sumaría un total de 26 horas entre lectivas y complementarias. Desde FeSP-UGT consideramos que se trata de un error ya que el profesorado de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesorado de enseñanzas de régimen especial debe contar con 25 horas entre lectivas y complementarias. Creemos que a 21 horas lectivas le corresponden 2 horas complementarias y 2 CHL.
La Administración ha corregido el error que presentaba el borrador y ha aceptado nuestra propuesta.
Cuarta.– Reducción de la jornada lectiva del profesorado.
• Apartado a) FeSP-UGT propone suprimir en este párrafo en relación a la reducción de la jornada lectiva de profesores de entre 56 y 65 años “a la vista de la plantilla funcional asignada al centro y satisfechas a plenitud las necesidades docentes”. Es más, consideramos que debe haber un compromiso de dotar de plantilla funcional, en los casos en los que sea necesario, a todos los centros que tengan docentes que soliciten esta reducción, ya que es un derecho para los mayores más justificado que nunca por la COVID-19 (personal de alto riesgo). Son muchos los centros en los que algunos docentes se han podido acoger a esta reducción y otros no, incluso en un mismo IES o CEIP, lo que resulta un agravio comparativo siendo un derecho individual por edad, que debe ser reconocido más que nunca en un curso en el que la COVID-19 va a estar presente.
La Administración responde que tendrán que hacer las consultas a cada centro y no puede responder ahora. Se hará como el curso pasado donde se pueda.
• Apartado b) Este apartado señala que la reducción en la jornada lectiva semanal se aplicará exclusivamente al horario de docencia directa al alumnado, sin que comporte, a su vez, reducción del horario de permanencia en el centro, que sigue fijado en 30 horas semanales. FeSP-UGT propone añadir la aclaración de que, para el Cuerpo de Maestros son 30 horas semanales pero para el resto de cuerpos de enseñanzas medias son 25 horas.
La Administración no responde.
• Apartado c) En relación a la flexibilización horaria vespertina del 50% para los maestros y maestras de Educación Infantil y Primaria desde FeSP-UGT consideramos que se debería especificar con mayor rigor la organización de las horas complementarias realizadas en horario vespertino en los CEIP. Desde que se acordó esta flexibilización, hay algunos centros en los que se aplica la reducción y en otros no, por lo que volvemos a considerarlo un agravio comparativo. Uno de los problemas que se nos plantea es que los horarios que recoge inspección son semanales y no se puede cuadrar legalmente el horario con flexibilizaciones ya que no se llegaría a las 30 horas semanales. Además cada inspector tiene un criterio diferente para organizarlo.
El Secretario General se compromete a enviar una Circular Interna con directrices claves para clarificar la homogeneidad en este derecho.
Octava.– Criterios generales para la organización de los agrupamientos del alumnado.
Undécima: Elección de cursos, grupos y materias.
Desde FeSP-UGT pedimos la incorporación de TODOS los docentes interinos a fecha 1 de septiembre a los centros. De hecho, de manera reiterada, el profesorado interino, al no asistir al reparto de horario, se encuentran en una clara posición de desventaja a la hora de elegir cursos y horarios.
También manifestamos nuestra preocupación por los criterios de prioridad en la elección de curso que, en muchos casos están sujetos a ambigüedad de interpretación, sobre todo cuando hay materias que las imparten profesores de distintas especialidades o que pertenecen a los mismos colectivos (ej: comisiones de servicio).
La Administración lo revisará.
Decimotercera.- Asignación de áreas, materias y ámbitos a las especialidades docentes y atribuciones docentes Asignación de materias y ámbitos a las especialidades docentes.
• c) El borrador habla de la posibilidad de atribución docente a “profesorado de otras especialidades con la formación adecuada, que deberá, en todo caso, integrarse funcionalmente en los departamentos de coordinación didáctica”.
Desde FeSP-UGT somos conscientes de que esta situación debería ser excepcional y por ello consideramos imprescindible que en el horario de cada profesor que tenga esta situación (impartir materias de varios Departamentos Didácticos) se contemple una hora de reunión de departamento por cada uno de ellos con el fin de favorecer la coordinación.
La Administración tomará nota.
• 3.
“La atribución docente y asignación de funciones para maestros y maestras especialistas en Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, en centros de Educación Secundaria y en los de Educación Primaria, se atendrá exclusivamente a estas directrices:
a) Los especialistas en Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje deberán realizar exclusivamente tareas propias de su especialidad con alumnado que requiera apoyo especializado de cualquiera de esas especialidades, sin que en ningún caso puedan impartir apoyos ordinarios, los cuales deberán ser asignados por la jefatura de estudios al resto del profesorado del centro.”
Desde FeSP-UGT somos conscientes de la importante labor que realizan los especialistas en Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje en nuestros centros y, por ello , consideramos necesario ampliar este apartado para poder atender a la diversidad en otras competencias que no sean solo las de Lengua y Matemáticas ya que, como consecuencia del confinamiento del Covid-19, muchos alumnos van a presentar más carencias y necesidades educativas que se pueden paliar con estos recursos (más necesarios que nunca) realizando los apoyos , talleres o actividades pertinentes hasta completar horario. Todo ello bajo la pertinente supervisión de la jefatura de estudios.
La Administración responde que se estudiará cuando proceda.
Decimoséptima: Actividades complementarias y extraescolares en centros públicos.
Apartado 4. En el borrador señala que “…corresponderá a la dirección la autorización del desplazamiento, así como la indemnización de los gastos generados”. Las indemnizaciones no deben quedar a la discrecionalidad de la dirección, sino que deben concederse siempre al docente que realiza estas actividades. Lo contrario puede suponer que la misma actividad en un centro se abone y en otro no.
Desde FeSP-UGT también solicitamos que se refleje en la Programación General Anual (PGA) el presupuesto previo del que dispone el centro para el pago de dietas al profesorado en el caso de tener derecho a percibirlas por asistir a alguna actividad extraescolar
Para evitar algunos problemas en los centros, en donde el profesorado ha reclamado este derecho de anticipo del artículo 16 del Decreto 287/2007, de 3 agosto, FeSP-UGT solicita que se recoja en este punto 3 de este articulado lo siguiente:
Artículo 16. Derecho de anticipo
“El personal a quien se encomiende una comisión de servicio con derecho a indemnización podrá percibir por adelantado el importe aproximado de las dietas y gastos de viaje sin perjuicio de la devolución del anticipo total o parcial, en la cuantía que proceda en su caso, una vez finalizada la comisión de servicio.”
La Administración lo estudiará.
Vigésima: Designación de jefaturas de departamento.
Apartado 2.- Creemos que sería conveniente en este apartado se recordara cuál es la normativa vigente al respecto. Dado que es un tema que suele generar controversia y conflictos en los IES, creemos necesario recordar y referenciar dicha normativa para que la tengan clara los centros.
La Administración responde que lo van a estudiar.
Vigesimocuarta.–Optimización del uso de la plataforma Rayuela.
• Apartado d: Rayuela debe ser clave para la comunicación entre docentes, el centro y las familias, por ello, los centros revisarán y repondrán, en su caso, las claves de acceso a Rayuela para todo el alumnado y sus familias al inicio del curso escolar. Además, se promocionará el uso de la aplicación para dispositivos móviles.
Desde la FeSP-UGT, consideramos importante incluir la necesidad de generar una cuenta Educarex para el alumnado, evitando la sobrecarga de Rayuela en el caso de la vuelta al teletrabajo y los posibles peligros de usar una cuenta personal con fines educativos. Cabe recordar, que para solicitar una cuenta de Educarex, en caso de menores de edad, es necesario disponer de las correspondientes claves de Rayuela para poder solicitarlas y la autorización expresa de los padres o tutores legales. La cuenta Educarex nos abre la puerta a la G-Suite (Classroom, etc.).
La Administración lo considerará.
• Apartado e:
“El registro en Rayuela de las faltas de asistencia del alumnado es responsabilidad del profesorado y debe hacerse de forma regular y continuada…
En el caso de una eventual situación de enseñanza en línea, una vez asegurada la posibilidad de conexión de quienes pudieran resultar afectados por la brecha digital, se controlará la asistencia a las clases virtuales programadas, registrando las ausencias en Rayuela de la misma forma y con los mismos efectos que se hace con las sesiones lectivas presenciales.”
Desde FeSP-UGT, solicitamos a la Administración que clarifique este apartado, puesto que sólo hace referencia a las clases online de forma directa, pero no se recoge en qué modo se controlarán las ausencias en aquellas sesiones en las cuales el profesorado grabe sus clases y plantee las realización de tareas. ¿Cómo se realizan en este sentido el control de ausencias? ¿Qué pasa si un alumno/a no se conecta a la clase por videoconferencia a la hora señalada? Pues esto ha sucedido durante el confinamiento. Habría que plantear a través de mensaje por Rayuela esta comunicación a los padres. Consideramos primordial que, en caso de una eventual situación de enseñanza en línea, las faltas de asistencia del alumnado no sea sólo una responsabilidad de los profesores sino también de aquellos padres donde los menores se ausentan sin dar razón alguna. Deben ser sus progenitores -tutores quienes den razón justificada de tales ausencias y de no ser así serán los Servicios Sociales quienes deban investigar tales absentismos. Las ausencias injustificadas de alumnos y sus padres no deben ser un handicap para conseguir un tratamiento especial en la enseñanza online ni en su evaluación. Estos casos deben tener un seguimiento continuado y muy detallado, incluso por la Dirección del Centro y Servicios Sociales, para evitar injusticias y conseguir una enseñanza de calidad en este tipo de alumnado.
La Administración nos responde que se está trabajando ya en un borrador de instrucciones alternativo para regular qué hacer en caso de volver a las clases telemáticas por confinamiento (faltas de asistencia del alumnado, horarios del profesorado, espacio, ratios, etc.) y que se negociará en Mesa Sectorial con las fuerzas sindicales.
Trigésima cuarta: Documentación institucional y plazos de remisión.
Apartado 10. “En cuanto al procedimiento sobre comunicación y justificación de las ausencias al trabajo de menos de cuatro días por enfermedad o accidente que no den lugar a la declaración de incapacidad temporal, se seguirá lo establecido al respecto por la Dirección General de Personal Docente.”
Recordamos que la Administración se comprometió a aclarar este apartado y publicar de forma inminente unas instrucciones aclaratorias sobre este apartado que genera muchas dudas en los centros tras la publicación del nuevo DECRETO-LEY 2/2018:
Artículo 5. Justificación de los días de ausencia por enfermedad o accidente.
2. La justificación de los días de ausencia por enfermedad o accidente sin declaración de incapacidad temporal exigirá la imprescindible aportación del oportuno justificante de asistencia al médico; en defecto de su aportación se procederá a elección del empleado público, o bien a detraer de los días disponibles por asuntos particulares o bien a la correspondiente deducción de retribuciones en los términos establecidos en el apartado 5 del artículo 15 del Decreto 149/2013, de 6 de agosto, por el que se regulan la jornada y horarios de trabajo, permisos y las vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en la norma sobre materia de permisos que resulte aplicable.
La Administración responden que van a intentar hacerlo.
Trigésima quinta.- Acreditación de no haber sido condenado por delitos contra la libertad o indemnidad sexuales.
2. En el inicio de un nuevo curso, es posible que la incorporación de nuevo personal o la reincorporación de profesorado que estaba en situación administrativa diferente a la de activo exija renovar la información de que dispone la Administración. Por ello, se solicita de la dirección de los centros que colabore recordando a su personal y a cuantas personas y organizaciones realicen actividades en él, la obligación de acreditar el cumplimiento del requisito al que se alude en el apartado anterior.
La Administración responde que lo estudiarán.
• FeSP-UGT considera que las renovaciones sobre la “acreditación de no haber sido condenado por delitos contra la libertad o indemnidad sexuales, acoso sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos” como se establece en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, da una nueva redacción al artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se hagan de oficio por la Administración por mayor seguridad ,rapidez y responsabilidad.
• Finalizamos nuestras aportaciones y, antes de pasar a ruegos y preguntas, queremos hacer unas últimas consideraciones recogida de nuestros compañeros y directores sobre la necesidad de dar pautas muy concretas, sencillas y efectivas para iniciar el curso (en caso de continuar la pandemia del COVID-19) evitando siempre ambigüedades, contradicciones e improvisaciones que generan tanto malestar y desasosiego en alumnos, padres y profesores.
Se ha de buscar siempre el beneficio de alumnos y profesores en clases presenciales o semipresenciales con toda la seguridad que marquen las autoridades sanitarias primando la salud en todos los casos ,para lo cual habrá que tener un PLAN B (Plan de Contingencia) para cada centro, por lo tanto no estaríamos de acuerdo con los “grupos estables” ya que no se garantiza la separación y la salud de los niños algo que preocupa muchísimo a los padres. Hay pues que bajar la ratio cuando sea necesario, respetando distancias, planificando el número de alumnos por aula, organizando los espacios de separación en los centros educativos y fuera de ellos si hiciera falta (bibliotecas, centros culturales, etc.) alternancias voluntarias mañana o tarde, clases presenciales y online durante la semana según las materias en turnos de alumnos y grupo, simplificar los currículos con contenidos esenciales y necesarios , inclusión de programas de éxito educativo como IMPULSA, REMA, etc. desde el inicio del curso y , sobre todo, más profesorado que permita llevar a cabo un Plan Real y efectivo que pueda contrarrestar los efectos del Covid-19 y poder seguir con clases presenciales o semipresenciales según las necesidades de cada centro y cada lugar. Añadir que todas estas medidas deben ser tomadas entre toda la Comunidad Educativa de cada centro (y no solo de los directores) con el apoyo y las dotaciones de la Administración Educativa
También queremos proponer a la Consejería que, si finalmente se articula el trabajo por ámbitos, se contemple una compensación horaria al profesorado que ya está fijada en otras comunidades autónomas como por ejemplo la Valenciana.
Por último, recordar a la Administración que, tanto si hay bien una vuelta a la enseñanza online o bien hay una alternancia entre enseñanza presencial y online, esto no debe suponer en ningún caso una sobrecarga de trabajo para el profesorado extremeño, que debe tener derecho a la desconexión digital, así como a que esas horas no excedan las de su horario lectivo.
La Administración considera que los “grupos estables” no los pueden eliminar ya que su convivencia es más controlable desde el punto de sanitario y sólo se darán has 4ºde primaria con autonomía propia.
Ruegos y preguntas
¿Cuándo se prevé la fecha de admitidos y excluidos de las comisiones de servicios?
Están trabajando para publicarlas los antes posibles mientras terminan la Comisión de Valoración. Las listas de admitidos y excluidos saldrán posiblemente el jueves 23.
¿Qué fecha se prevé la publicación provisional de destinos y definitiva de las Comisiones de servicio, suprimidos, desplazados y de interinos para el curso En la mesa de la semana pasada se nos dijo fechas aproximadas, pero podíais sacar un calendario orientativo con fechas probables como en años anteriores?
Se hablaba de la última semana de julio y la primera de agosto, pero esto no sería posible según los escenarios o fases de confinamiento. No se puede hacer una adjudicación provisional y definitiva (solo en la última semana de agosto) cuando se tengan ya todas las plantillas (funcional /orgánica/ covid) Este año como hay previsiones de contratación según el escenario/fases Covid con perfiles vacantes o no y tener claro sin ser lesivos con todos. Determinar cuáles son vacantes dependerá del modelo de contratación. No pueden hacer un Calendario.
Rogamos a la Administración que considere la posibilidad de no cesar a los interinos de las EEOOII el día 4 de septiembre teniendo en cuenta que tienes muchísimos exámenes que corregir (orales y escritos) y no les da tiempo a hacerlo con responsabilidad en tan poco tiempo para después iniciar el curso el día 9 ya que esos días son primordiales para poner TODAS las notas.
Con respecto a las EEOOII se va a corregir las listas de las habilitaciones lingüísticas.
Hacer exámenes telemáticamente de momento es inviable.
Sigue pendiente el cobro de los tribunales y de las itinerancias. Para cuándo? Se ha solucionado ya el Programa Alcántara?
Se han arreglado los problemas con este programa económico y en breve se les pagará.
Sería importante especificar la duración de las vacantes de los llamamientos.
Estamos con los llamamientos semanales, no pueden poner una duración de una incapacidad personal. No pueden poner fechas porque no se sabe; sólo se podrá cuando se sepa.
Hemos detectado muchos errores y hemos recibido muchas quejas de docentes interinos sobre las listas ordinarias de Secundaria y Formación Profesional, que se ha publicado recientemente. ¿Va a haber una revisión general del proceso o se va a limitar a reclamación individual?
Todos los que han estado en la Comisión de Valoración han seguido el decreto del 2 de mayo. Las reclamaciones se mirarán todas y se contestarán. Habrá un estudio individualizado de cada reclamación.
¿Para cuándo la creación de las listas supletorias? ¿Hay anuncios previstos para prever especialidades? ¿cuáles?
Todavía no se sabe nada. No se sabe ni especialidades ni cuándo. Ahora el interés está el inicio de curso. Cuando estén actualizadas las listas se verá. Las supletorias se conforman y derivan de las oposiciones y sólo habrá listas extraordinarias este año.
¿Reconocimiento económico de la función tutorial en todos los niveles educativos?
Se considerará.
¿Cuándo será la reunión del Comité de Salud y Riesgos Laborales? Desde la Dirección de Personal Docente se nos dijo que sería en esta semana.
Se convoca en Mesa Técnica para el miércoles 22 de julio.
¿Puede aclarar el Secretario General de Educación qué ha pasado con la bolsa de Inspectores Accidentales que se configuró después del proceso del concurso oposición de 2019 y por qué , al parecer, se han concedido Comisiones de servicio a personas que hasta ahora eran inspectores accidentales pero que están en dicha bolsa?
El Proceso Selectivo complicado con un marco múltiple. Cualquier decisión era polémica y darán una respuesta desde el marco jurídico. Mientras tanto, pueden seguir teniendo sus comisiones, no son incompatibles. No había ningún problema con la renovación de la Comisión, no se puede sustituir un accidental por otro también daba problema y la solución ha sido bajo la asesoría jurídica. Así que en la reunión de la próxima semana se verá, aunque es muy complicado.