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- La Consejera adelanta que el Plan Orienta XXI se concretará con la contratación de 12 orientadores y se concretará en la primera quincena de septiembre, pudiendo ser de media jornada o completa en función de los centros que atienda y los días que permanezca en los mismos.
- El Plan Orienta XXI se inicia de manera experimental y no pretende substituir a ninguna otro programa o plan educativo ya existente.
Resumen de la Mesa Sectorial Extraordinaria celebrada en Mérida el 22 de julio de 2021, a las 12:00, en la que se trataron cuestiones sobre las instrucciones que regula el Plan para la Igualdad de Género, el Plan de refuerzo de la orientación en Extremadura y la asignación del “D.A.E.” (Docentes de acompañamiento escolar), con la asistencia de las siguientes personas:
- Asisten por parte de la Administración:
- Dª. Esther Gutiérrez Morán, Consejera de Educación y Empleo.
- D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación .
- D. Ana Martín, Directora General de Personal Docente.
- D. Juan Pablo Venero, Director General de Innovación e Inclusión Educativa.
- D. José Vadillo Gómez, Jefe de Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad.
- Otros funcionarios de la Administración.
- Representantes de las distintas Organizaciones Sindicales.
Orden del día:
1. Instrucción n.º /2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, para la elaboración e implantación del Plan para la Igualdad de Género en los Centros Educativos no Universitarios sostenidos con fondos públicos de Extremadura.
2. Instrucción n.º /2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, referente a la participación de determinados Centros Docentes Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Plan Orienta xxi, Plan de refuerzo de la orientación en Extremadura durante el curso escolar 2021/2022.
3. Instrucción nº /2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, referente a la asignación del “D.A.E.” (Docentes de acompañamiento escolar) como recurso personal para el alumnado convaleciente en su domicilio durante el curso escolar 2021-2022.
Aportaciones de UGT SP
Instrucción n.º /2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, para la elaboración e implantación del Plan para la Igualdad de Género en los Centros Educativos no Universitarios sostenidos con fondos públicos de Extremadura.
Comienza la mesa sectorial con el saludo de la Consejera de Educación Dª Esther Gutiérrez para trasladarnos que la puesta en marcha del Plan de Igualdad en los centros educativos deber ser una realidad para poder luchar contra la violencia machista y trabajar por la igualdad real entre los hombres y las mujeres.
A continuación, toma la palabra Juan Pablo Venero, Director de Innovación Educativa, para ir comentando una a una las aportaciones de los distintas organizaciones sindicales.
Propuesta de otra mesa relativa al Plan para la Igualdad de Género “Instrucción por la que se unifican las actuaciones correspondientes al inicio y desarrollo del curso escolar 2021/2022”
Para fortalecer la pedagogía de la igualdad entre las niñas y los niños, con el conjunto del alumnado, el profesorado y las AMPAs, los centros educativos elaborarán e implementarán un Plan de Igualdad de Género de Centro en varias fases durante los cursos 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024.
UGT Servicios Públicos, nos alegra que se comience a elaborar los planes de Igualdad en los centros educativos para que se establezca una educación para la igualdad real entre hombres y mujeres y se acabe con la violencia de género y el machismo en nuestra sociedad. Desde nuestro sindicato pedimos que este plan de Igualdad se facilite a los centros desde el Servicio de Innovación Educativa y se ayude al profesorado en la elaboración de dicho Plan, porque ya están los docentes sobrecargados en horas lectivas, corrección de exámenes, atención a padres, proyectos de innovación y en tareas burocráticas como para añadirles más tareas.
Los Planes de Igualdad no se pueden elaborar de manera unilateral, sino conforme al Decreto 901/2020. En él se especifica que tiene que haber una comisión negociadora, en la que intervengan de manera paritaria, la Administración y los representantes de los trabajadores, o en su caso los sindicatos más representativos del sector.
Nuestro sindicato UGT SP ofrece desde el Área de Igualdad información y ayuda para la elaboración del Plan de Igualdad en los centros educativos.
Y que de alguna manera a los docentes que se responsabilicen de elaborar dicho Plan en el centro se les compense con alguna reducción horaria y además sea como un Proyecto de Innovación del Centro, donde sea reconocido con créditos de formación en el apartado de Innovación, dado que es un trabajo extenso, nuevo y no podemos sobrecargar más a nuestros docentes, sin que su labor sea recompensada.
La Administración, tras la insistencia de UGT SP, ha intensificado su esfuerzo por simplificar la labor de los docentes y facilitar herramientas y protocolos concretos. Respecto a las referencias a la contratación docente, la Administración argumenta que no es competencia directa del plan.
Articulado:
Introducción
UGT SERVICIOS PÚBLICOS propone estudiar la conveniencia de incluir dentro de la normativa alguna alusión a la Ley de función pública de Extremadura (que afectaría al personal que ejerce su labor en centros públicos) y al Estatuto de los trabajadores (que afectaría al personal que ejerce su labor en los centros concertados).
Segunda. Definición
UGT SERVICIOS PÚBLICOS: estima que la Consejería de Educación y Empleo debería elaborar las bases de estos planes de igualdad para que los centros lo tuvieran como modelo, así como un protocolo o guía detallada y pormenorizada, que los centros pudieran seguir de manera homogénea y unitaria. Creemos que no hace falta decir que cualquier documento debería estar elaborado con perspectiva de género.
Estos documentos evitarían una excesiva carga de trabajo y burocrática, así como la diferencia de criterios a la hora de redactar el plan de igualdad entre los distintos centros. En todo caso, estaría garantizada la autonomía de estos los cuales serían, en última instancia, los que adaptarían el modelo a sus características propias.
La Administración valora positivamente la propuesta y hará todo lo posible para facilitar la confección del Plan de Igualdad.
Sexta. Comisión de Igualdad del centro.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS considera que poner en marcha el plan de igualdad supone una nueva función a para los equipos directivos de los colegios donde será el equipo directivo junto con el claustro quienes lo pondrán en marcha, no sucede así con los IES donde está la presencia del educador social, donde tiene la función de coordinación. Cada vez existe más trabajo y carga burocrática para los docentes donde de alguna manera ha de ser recompensada.
La Administración desestima la remuneración económica.
Octava. Formación y reconocimiento.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS estima imprescindible que el responsable de la Coordinación de Igualdad del centro tenga un reconocimiento económico y administrativo, acorde a las funciones que realiza. Actualmente en las tablas retributivas de nuestra región hay complementos por el desempeño de coordinaciones como es el caso de “Otros cargos” (ej: Coordinador TIC) o “Complementos de dedicación especial” (ej: Coordinador de Actividades formativas complementarias). Por ello, proponemos que se cree un complemento específico para dicha coordinación.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS: Proponemos aumentar los créditos de innovación y reconocer un mínimo de 6, además de incluir créditos de formación asociados a los cursos recibidos.
La Administración reconocerá 3 créditos de innovación y desestima la remuneración económica. La formación que acompañe al plan llevará una certificación independiente.
Novena. Elaboración y desarrollo del Plan de Igualdad de Centro.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS: En este sentido habría que revisar, si procede, la guía y/o los protocolos que se han elaborado por parte de la Consejería de Educación y Empleo.
4.1 Primer trimestre: Diagnóstico del centro.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS considera que este diagnóstico tiene que ser lo más detallado posible y, en el caso de los centros concertados, nuestra propuesta es que se incluyan aspectos en relación a la selección y contratación del profesorado.
La Comisión de Igualdad también establecerá las herramientas a través de las cuales se va a recopilar la información sobre los diferentes aspectos observados, tales como fichas de observación, cuestionarios, etcétera.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS opina que la Administración debería detallar y facilitar a los centros “las herramientas a través de las cuales se va a recopilar la información sobre los diferentes aspectos observados”, la elección de distintos instrumentos puede condicionar la información obtenida en distintas direcciones.
De igual manera, la Consejería debe facilitar las correspondientes fichas de seguimiento del Plan.
La Administración no contempla adelantar los instrumentos de evaluación hasta no llevar el Plan más avanzado.
4.3 Tercer trimestre: Redacción final y difusión del Plan
UGT SERVICIOS PÚBLICOS propone que en la instrucción se debe concretar si estos planes deben registrarse para que formen parte del Registro de planes de igualdad (¿los centros concertados deben hacerlo en la Dirección General de Trabajo / UMAC?) y también concretar por quiénes van a ser supervisados (Inspección educativa, Dirección general de formación e inclusión educativa…).
La Administración entiende que estas instrucciones no forman parte de la Instrucción.
Décima. Evaluación del Plan.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS: plantea la duda de si el Plan y no sólo la memoria debe ser supervisado por la Inspección educativa.
2 Reflexión acumulativa. Por tratarse de una actuación de nueva implantación, la memoria del curso 2023 / 2024 recogerá un apartado especial de valoración global desde el inicio de los trabajos referidos a la puesta en marcha del Plan hasta final del curso mencionado con el objetivo de sintetizar de manera ágil y práctica lo que ha supuesto hasta el momento la puesta en marcha del Plan.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS: Solicita la publicación de un cuestionario común estandarizado
UGT SERVICIOS PÚBLICOS: Nos gustaría tener un mayor desarrollo de cómo va a ser la formación del profesorado. En el borrador facilitado por la Consejería no aparece muy bien concretada dicha formación.
La evaluación del Plan de Igualdad será llevada a cabo por el Servicio de Inspección.
Décimo primera. Portal de Igualdad.
UGT SERVICIOS PÚBLICOS: Valoramos de forma muy positiva la elaboración de una plataforma web específica, a la cual trataremos de contribuir con materiales y aportaciones que consideramos valiosas. Nos gustaría que ahí hubiera materiales curriculares para trabajar en los centros educativos.
La Administración incluirá materiales curriculares a petición de UGT SP en la plataforma web.
Instrucción n.º /2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, referente a la participación de determinados Centros Docentes Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Plan orienta xxi, Plan de refuerzo de la orientación en Extremadura durante el curso escolar 2021/2022.
La Consejera de Educación y Empleo, D.ª Esther Gutiérrez, adelanta que el plan se concretará a fecha de 12 de septiembre, que será llevado a cabo de manera experimental y que tiene la intención de reforzar el sistema educativo y prevenir factores asociados al abandono y el fracaso escolar. De igual modo, D. Juan Pablo Venero, aclara que el Plan Orienta XXI está en una primera fase experimental.
UGT SP se alegra de la presencia de más orientadores en los centros colegios, algo que venimos demandando desde nuestro sindicato, porque consideramos que el fracaso escolar comienza en las etapas más temprana de Educación Infantil y Primaria. Además, debido a la Pandemia de la Covid 19, se sabe que hay un elevado porcentaje de alumnado que están sin diagnosticar por un profesional como un orientador, porque no han podido realizar ese diagnóstico por falta de tiempo.
Articulado:
En el Preámbulo de la presente Instrucción se cita textualmente el Capítulo II de la Ley Orgánica 2/2020 dedicado a la Equidad y compensación de las desigualdades en educación, y concretamente en su Artículo 81, que “En aquellos centros escolares, zonas geográficas o entornos sociales en los cuales exista concentración de alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa, las Administraciones educativas desarrollarán iniciativas para compensar esta situación”.
Citando este artículo 81 de la LOMLOE, desde UGT SP estimamos que en la presente Instrucción no se ha tenido en cuenta las zonas geográficas o entornos en los cuales exista concentración de alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa dado que la presencia de los orientadores según aparece en el anexo I se ha tenido el criterio en función del número de unidades en los centros educativos así habrá más presencia en de los orientadores en los centros y aunque el criterio en principio parece equitativo, a mayor alumnado mayor presencia de los orientadores, desde UGT SP consideramos que se debería tener en cuenta mayor presencia de los orientadores en función de donde haya mayor alumnado vulnerable, con necesidades específicas de apoyo educativo y también atendiendo al contexto socioeconómico de los centros, por ejemplo no es lo mismo el centro del CEIP Guadiana de Badajoz, que es un centro donde el contexto socio económico y el nivel cultural es más elevado que en un centro de un barrio como es CEIP como es el CEIP San Fernando (2 días en semana) CEIP La Soledad donde la presencia del orientador sería 1 día a la semana, ya que ni siquiera aparece en el Anexo I.
También consideramos vital que la presencia de los orientadores /as estén vinculadas a las necesidades socioeconómicas, geográficas y demográficas de las zonas donde se ubiquen dichos centros, ya que las ofertas de centros públicos y privados con personal especializado en alumnos ACNEAES, TEAS, etc no son las mismas en zonas rurales alejadas de urbes que los centros ubicados en grandes ciudades donde se amplían las múltiples ofertas y posibilidades para el tratamiento y recuperación de estos alumnos. Hay que DIVERSIFICAR y DEMOCRATIZAR los recursos para que todo el mundo tenga las mismas oportunidades. No se puede hablar sólo de porcentajes, si no de necesidades.
Primera: Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente instrucción tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento del Plan de Refuerzo de la Orientación en Extremadura, Plan ORIENTA XXI, durante el curso escolar 2021-2022, en aquellos centros públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura seleccionados por tener un número igual o superior a 20 unidades.
La Administración entiende que las características definidas de los centros son las adecuadas en una primera aplicación del plan, dado el carácter experimental del plan. El cambio de estos parámetros incluiría una ampliación de 38 a más de 100 centros que afectaría en exceso a las plantillas orgánicas, sin dejar de contemplar la posibilidad de ampliar el programa en un futuro.
2. El desarrollo de este plan se realizará a lo largo del curso escolar próximo en aquellos centros educativos públicos designados en el Anexo 1.
UGT SP estimamos que se deben añadir, colegios de contextos socioeconómicos vulnerables, o donde hay mayor elevado fracaso escolar o riesgo de exclusión social.
Por ejemplo echamos en falta centros con un elevado porcentaje de alumnado como es CEIP Ntra. Sra. de Botoa, el CEIP Enrique Iglesias, que también acoge alumnado de situación de desventaja socioeconómica, el CEIP La Paz de Plasencia, con la mayoría del alumnado de etnia gitana, o el CEIP Gregoria Collado de Jaraíz de la Vera, único centro de la población que no es de Atención Educativa Preferente y que cuenta con un gran número de alumnos procedentes de familias desestructuradas de diferentes pueblos de zonas limítrofes y alojados en la Escuela Hogar Sagrados Corazones, además de un gran elevado número de alumnos inmigrantes. Echamos en falta también el CEIP La Cruz del Río de Villanueva de la Serena, donde hay alumnado de compensación económica, debido a que absorbió el alumnado del Cristo de Villanueva o el Pilar de Villanueva,
UGT SP propone que se debe revisar los centros públicos designados en el Anexo I atendiendo a los siguientes criterios:
1. El criterio de número de unidades, (que es el que recoge la Instrucción)
2. El número de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, por ejemplo, el CEIP Ntra. Sra. de Botoa tiene mayor alumnado con ACNEAES y no aparece en el listado, Aulas específicas TEA y aulas abiertas. No aparece el CEIP Enrique Iglesias de Badajoz en el listado y es un centro con 23 unidades y el CEP Enrique Segura Covarsí tiene 21 unidades. Al igual que ocurre en la Ciudad de Mérida con el CEIP Giner de los Ríos, CEIP Miguel de Cervantes o el CEIP Maximiliano Macías. Y otros centros que no cumplen con el requisito de las 20 unidades, pero que por las zonas en las que se encuentran y el alumnado que lo componen se debe prestar especial atención, como son el CEIP José María Calatrava, CEIP Antonio Machado, CEIP Juan XXII, o el CEIP Pablo Neruda, CEIP Las Américas, CEIP Francisco Pizarro y CRA El Manantial.
3. Y por último el tercer criterio que nos gustaría que se tuviera en cuenta, son los centros con AULAS TEA Y AULAS ABIERTAS.
La Administración responde que se estudiarán los centros mencionados y que los orientadores que atiendan al Plan Orienta liberarán de trabajo a los equipos para atender a los centros mencionados, pero es firme en que el criterio será para los colegios de 20 unidades.
Tercera: Tipología de centros participantes.
UGT SP, como ya ha argumentado, no considera adecuado limitar la posibilidad de participación de los centros a un mínimo de 20 unidades. El plan debería comprender a todos los centros en función de sus características e independientemente de su tamaño, más aún teniendo la prevalencia de la escuela rural en Extremadura.
Al ser un plan experimental, se ceñirán a los centros de un mínimo de 20 unidades, sin perjuicio de que, en un futuro, se pueda eliminar tal limitación.
Cuarta: Funciones del profesorado de orientación educativa asociado a este plan.
UGT SP echa en falta la figura de un PTSC en la Instrucción, cuando se redacta las funciones en este artículo estas funciones no sólo son labor de los orientadores/as, sino también de las/os PTSCs.
Entiende que esta propuesta habla sólo de orientadores-as, pero la figura de las /los PTCs son igual de necesarias, a veces más. Estas profesionales ejercen una labor muy importante en muchas de las funciones asignadas: absentismo, coordinación con otras instituciones, desarrollo de programas de prevención relacionados con la salud o la convivencia, apoyo a las familias, etc… Es necesario solicitar también refuerzo de estas profesionales, por lo que en esta Instrucción que ya es un paso importante para los colegios, pero sería necesario incluir esta figura en la instrucción. No olvidéis que el fracaso escolar comienza en las etapas tempranas. A veces los equipos de orientación sólo atienden lo urgente, porque no llegan a más y si queremos una educación de calidad y disminuir el fracaso escolar de nuestra región hay que invertir en los primeros años de la etapa escolar.
La Administración aclara que los orientadores contratados por el Plan Orienta XXI se dedicarán en exclusiva a los centros de primera definidos beneficiando al resto del equipo con una mayor capacidad de atender a los centros no incluidos.
Sexta: Aspectos de organización y funcionamiento.
En este punto UGT SP propone un punto más en el que se recoja un día para la coordinación de los miembros del Equipo de orientación. La coordinación en el EOEP es una de las herramientas más eficaces para el equipo porque les ayuda tomar decisiones consensuadas después de debatirlas y sopesarlas; Les ayuda enormemente a las nuevas incorporaciones, ya que trabajar en un EOEP es muy distinto a trabajar en los IES. La coordinación es una buena guía, que permite dar el mismo mensaje en todos los Centros, utilizar métodos y estrategias valorados y consensuados y tener una organización clara en el trabajo diario, semanal, mensual, trimestral y anual.
Además, también UGT SP estima que este artículo se debe incluir que el horario del orientador sea controlado desde los Equipos de Orientación y no desde los centros educativos. El horario de la orientación en los CEIP hasta ahora se ha realizado y autorizado a través de nuestros Planes de Actuación; Pero en la Instrucción no aparece nada al respecto y consideramos que se podía incluir y concretar en este punto de la Instrucción.
La Administración responde que todo debe quedar reflejado en el Plan del Equipo correspondiente y será regulado por el mismo. El horario se configurará por el equipo sin modificar su funcionamiento interno.
Instrucción n.º /2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, referente a la asignación del “D.A.E.” (Docentes de acompañamiento escolar) como recurso personal para el alumnado convaleciente en su domicilio durante el curso escolar 2021-2022.
La Consejera de Educación, Dª Esther Gutiérrez comenta que, tras el paso de la pandemia, la mejora del apoyo al alumnado convaleciente en los hogares implica unas mejoras sustanciales en la educación que la Administración quiere y está en dispuesta a asumir.
Articulado:
Primera: Objeto de la asignación del recurso personal DAE.
1.2. Presentación de solicitudes.
1. El objeto de esta instrucción es establecer el procedimiento de asignación de un recurso personal docente de acompañamiento en el domicilio para alumnado de centros públicos que impartan enseñanzas de EBO, Educación Primaria y 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura que así lo soliciten.
UGT SP considera necesario que se amplíe el objeto de la asignación a la totalidad del alumnado de la ESO dado el carácter obligatorio y fundamental de la misma. En el caso de 3º y 4º de la ESO lo adecuado sería un docente de secundaria de ámbito.
La Administración responde que el Plan se limitará a las edades definidas de partida en el Plan de asignación del D.A.E.
Tercera: Características y desarrollo de la asignación del docente acompañante.
Tal y como se solicita en la aportación anterior, en el caso de 3º y 4º de la ESO el docente acompañante sería de secundaria y de ámbito.
La administración no contempla en la etapa de 3º y 4ª de la ESO
Quinta: Solicitud del recurso y compromiso de los centros educativos
3. En el caso de alumnado con enfermedades infecto-contagiosas, se facilitará por parte de la familia al profesorado que lleve a cabo el apoyo educativo en el domicilio, un documento sanitario con las medidas de tipo preventivo. En este caso, el centro lo notificará al Servicio de Salud y Riesgos Laborales de centros educativos para que se tomen las medidas necesarias en base al citado documento.
Desde UGT SP consideramos que las medidas de protección deben ser claras y concretas y previas a la incorporación del docente al programa D.A.E.
La Administración se compromete y acepta nuestra propuesta trasladando a Riesgos Laborales los casos concretos.
Octava: Coordinación con la tutoría y la familia
3. En todo caso, la responsabilidad directa en la evaluación del alumnado destinatario corresponderá en exclusiva a su equipo educativo, colaborando en ella el /la docente acompañante cuando se le requiera.
Desde UGT SP, vemos necesaria la implicación directa del docente D.A.E en el proceso de evaluación. Puesto que estea docente es quien realmente conoce la evolución educativa del niñoa.
Sin vulnerar las atribuciones de evaluación y responsabilidades de los equipos docentes del centro, se contemplará la participación de DAE en el proceso de evaluación.