Procedimiento de integración Titulados Superiores

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Hoy miércoles día 18 de noviembre de 2020 se publica en el  D.O.E. nº 223, la Orden de 12 de noviembre de 2020 por la que se establecen los procedimientos para la integración del personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Titulados Superiores de la Junta de Extremadura, especialidades de Farmacia Hospitalaria, Farmacia Analista y Psicología Clínica, y del personal laboral perteneciente a la Categoría Profesional de Titulado Superior, especialidad Psicología Clínica, adscritos al Servicio Extremeño de Salud por Decreto 61/2018, de 22 de mayo, en el régimen jurídico del personal estatutario de los servicios de salud.

La fecha de efectos de la integración en el régimen estatutario será la de 1 de enero de 2021 que constará en la resolución de la solicitud por parte del órgano competente.

Las solicitudes de integración se realizarán, conforme al modelo que figura en anexo III, en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud, avda. de la Américas, n.º 2, 06800 Mérida, pudiendo presentarse en las oficinas de registro de documentos del Servicio Extremeño de Salud, así como en cualquiera de las oficinas de registro integradas en el Sistema de Registro Único de las Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Una vez finalizado el proceso de integración en el régimen de personal estatutario establecido a través de esta orden, atendiendo al resultado del mismo se declararán a amortizar en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo los puestos del personal funcionario de carrera y personal laboral fijo que no haya optado por la integración en el régimen de personal estatutario.

Los puestos de trabajo de dichas relaciones, cuyos titulares se desvinculen definitivamente de los mismos, quedarán automáticamente transformados en plazas básicas de personal estatutario, e n la categoría y especialidad correspondiente.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura

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