Hoy, 16 de abril de 2025, se ha publicado en el DOE Nº 73 la RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2025 de la Dirección General de Función Pública, por la que se establece el procedimiento y el plazo de renuncia para las personas aspirantes seleccionadas en más de un Cuerpo, Grupo, Especialidad o Categoría en los procesos selectivos de estabilización convocados por Órdenes de 28 de diciembre de 2022 (modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024).
📌 Esta medida afecta tanto al personal funcionario como al personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado por concurso-oposición o por el sistema excepcional de concurso de méritos.
¿Qué establece esta resolución?
▶️ Se abre plazo de 5 días hábiles (desde el día siguiente a su publicación en el DOE) para que las personas aspirantes que hayan resultado seleccionadas en más de un proceso, deban optar por una sola plaza.
📌 ¡IMPORTANTE! Si no se presenta renuncia, la Administración asignará de oficio la plaza correspondiente al proceso donde se haya obtenido mayor puntuación total.
🔸 La renuncia debe realizarse por escrito, indicando la opción elegida. Esto implicará automáticamente la renuncia al resto de cuerpos, grupos, especialidades o categorías.
🔸 El modelo de solicitud (📄 Anexo I) está disponible en la web oficial:
🌐 https://procesoselectivo.juntaex.es/portalseleccionjunta
🧾 Una vez registrada, la solicitud también debe enviarse en PDF al siguiente correo:
📧 oposiciones@juntaex.es
¿Quiénes deben presentar renuncia?
1️⃣ Quienes estén seleccionados/as en más de un cuerpo, grupo, especialidad o categoría, por cualquier procedimiento (concurso-oposición y/o méritos).
2️⃣ Quienes estén seleccionados/as en la misma categoría por ambos sistemas (concurso-oposición y méritos).
3️⃣ Quienes figuren como seleccionados/as en el mismo grupo, especialidad y categoría tanto a tiempo parcial como no parcial.
4️⃣ Quienes hayan superado el proceso como Bombero/a Forestal Conductor/a o Coordinador/a y, además, en otro cuerpo o categoría.
Excepciones
No se aplica este procedimiento a las categorías y especialidades recogidas en el Anexo II de la resolución. Estas personas deberán esperar a una futura resolución que establecerá su procedimiento de renuncia y plazos.
Desde UGT Servicios Públicos Extremadura estaremos vigilantes para garantizar que este procedimiento se lleve a cabo con transparencia, equidad y seguridad jurídica.