La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ha publicado la Resolución de la Dirección General de Trabajo en la que se establece el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2025.
Según el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, estas fiestas laborales serán retribuidas y no recuperables y no excederán de 14 al año.
El Decreto 41/2024, publicado el 20 de mayo, fija las 12 fiestas laborales de carácter regional, y el resto se asignan como fiestas locales que varían según cada municipio y se publican hoy en el DOE.
Para consultar el listado completo de fiestas locales por municipio, consulta el DOE de hoy.
https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/2100o/24063588.pdf