Hoy viernes día 17 de abril de 2020, se publica en el Diario Oficial de Extremadura nº 74 la RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y la Vicepresidencia 1ª y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre la adhesión al uso de la Aplicación “ASISTENCIACOVID19”
http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2020/740o/20060702.pdf(ENLACE)
Este Convenio es firmado en Madrid el 8 de abril del 2020, a continuación os resumimos el mismo:
Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos. Por ello, en el marco de la declaración del estado de alarma que se lleva a cabo por dicho real decreto, las medidas previstas en este se encuadran en la acción decidida de todas las Administraciones Públicas, para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.
El Ministerio de Sanidad mediante la Orden SND/297/2020, de 27 de marzo (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/28/pdfs/BOE-A-2020-4162.pdf), encomendó a la SEDIA, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El desarrollo urgente y operación de una aplicación informática para el apoyo en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Para la puesta en marcha de la Aplicación, se ha suscrito con fecha 4 de abril de 2020 el Convenio entre la SEDIA y Telefónica Digital España, SLU, para la operación de la aplicación “ASISTENCIACOVID19” en el contexto de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, aplicación que ayuda a la autoevaluación de los ciudadanos de la probabilidad de sufrir COVID-19 y con ello a reducir el volumen de llamadas a los números telefónicos que se han puesto a disposición de los ciudadanos para resolver las dudas al respecto, permitir un triaje inicial de posibles casos y un seguimiento posterior, aliviar la carga de los Servicios de Emergencia de las distintas Administraciones Públicas con competencia en materia de salud y contribuir así a la gestión de la referida crisis, la tranquilidad de la población y, en general, al restablecimiento del bienestar común.
La Vicepresidencia 2ª y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma Extremadura tiene entre sus competencias, las de Sanidad; y como autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma tiene la consideración de Responsable del Tratamiento.
Las partes están de acuerdo en que la CA de Extremadura se adhiera al uso de la Aplicación por las ventajas que traerá en la gestión de la crisis y, además, los firmantes, en sus ámbitos de competencia, consideran necesario promover la coordinación de los proyectos de administración electrónica, con el objetivo de conseguir su máxima eficacia y eficiencia y con la finalidad última de satisfacer el interés público especialmente en esta situación de declaración del estado de alarma
En aplicación del principio de cooperación que rige las relaciones entre las Administraciones Públicas, y con el fin de establecer fórmulas que contribuyan a dar un mejor servicio a los ciudadanos en una materia tan sensible como es la lucha contra el COVID-19, las partes suscriben el convenio, donde se rigen por una serie de CLAUSULAS que a continuación resumimos:
Objeto del convenio: El presente convenio tiene por objeto establecer los términos de la adhesión al uso por parte de la CA de Extremadura de la Aplicación “ASISTENCIACOVID19” así como las condiciones en las que accederá a los datos introducidos por los usuarios de la misma, que se encuentren en el territorio de dicha Comunidad Autónoma
La información recogida será tratada exclusivamente para finalidades de interés público en el ámbito de la salud pública o para garantizar elevados niveles de calidad y de seguridad de la asistencia sanitaria o, en su caso, para proteger los intereses vitales del interesado o de otras personas físicas, sobre la base de la normativa aplicable en materia de salud pública y siempre con las medidas adecuadas y específicas que establezca dicha normativa para proteger los derechos y libertades del interesado, y en particular el secreto profesional.
Características de la aplicación: La Aplicación ayuda a la autoevaluación de los ciudadanos de la probabilidad de sufrir COVID-19 y con ello a reducir el volumen de llamadas a los números telefónicos que se han puesto a disposición de los ciudadanos para resolver las dudas al respecto, permitir un triaje inicial de posibles casos y un seguimiento posterior.
La Aplicación permite las siguientes funcionalidades:
- Realizar la autoevaluación en base a los síntomas médicos que el usuario comunique acerca de la probabilidad de que esté infectado por el COVID-19
- Realizar la autoevaluación continua diaria: Monitorización de la temperatura y paráme-tros básicos, cada 12 horas desde que se inicie la aplicación, incluyendo un recordatorio en forma de alarma.
- Ofrecer información al usuario sobre el COVID-19, incluyendo el envío de notificaciones a través de la aplicación en relación con las mejores medidas preventivas y de evaluación en cada momento.
- Proporcionar al usuario consejos prácticos y recomendaciones de acciones a seguir según la evaluación
- Geolocalizar al usuario mediante la información de geolocalización vía GPS disponible en su teléfono móvil. Dicha geolocalización únicamente se utilizará en el momento del registro de los usuarios, así como cuando éstos realicen sus autoevaluaciones, para poder conocer en qué Comunidad Autónoma se encuentran y poder conectarles con el sistema de atención sanitaria que les corresponda.
- Acceso a la información de los ciudadanos por parte de las autoridades sanitarias competentes…
- Se desarrolla en formato web, formato móvil (IoS, Android) y permitirá también realizar autoevaluaciones en otros dispositivos o interfaces de visualización como televisión o asistentes virtuales…
La aplicación no constituye en ningún caso un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos. La utilización de la aplicación no sustituye en ningún caso la consulta con un profesional médico debidamente cualificado.
Las categorías de datos que serán tratados por el Encargado y el Subencargado del Tratamiento incluyen:
1.º Datos identificativos y de contacto de usuarios, incluyendo entre otros:
Nombre y apellidos.
Nº de teléfono móvil.
DNI/NIE.
Dirección completa y código postal.
Fecha de nacimiento.
Género.
2º Geolocalización GPS de los usuarios. Dicha geolocalización, que será opcional, únicamente se utilizará a los efectos previstos en el párrafo e) del apartado 2 anterior de esta cláusula.
3.º Datos de salud de los usuarios, incluyendo, entre otros, sintomatología como:
a. Tos seca.
b. Fiebre de más de 37,5 ºC.
c. Falta de aire.
d. Patologías previas.
e. Si se ha estado en contacto con algún paciente positivo confirmado de COVID-19.
f. Mucosidad nasal.
g. Dolor muscular
h. Malestar general.
4.º Datos de uso e interacciones de los usuarios con la aplicación.
Se incluyen OTRAS CLAUSULAS para la aplicación de “ASISTENCIACOVID-19” que os nombramos:
Obligaciones de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial
Obligaciones de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Personalización de la aplicación (Gran parte de las funcionalidades de la aplicación son comunes para todo el ámbito nacional. No obstante, la aplicación puede acoger un cierto grado de personalización )
Contactos designados y responsabilidades
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control
Régimen económico
Resolución de controversias
Modificación
Duración, resolución y extinción ( El presente convenio tendrá una duración inicial de tres meses y podrá ser prorrogado expresamente por periodos mensuales sucesivos hasta un máximo de 1 año)
Régimen de Protección de Datos, Seguridad y Confidencialidad
Deber de secreto
Naturaleza y régimen jurídico
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