Desde FeSP-UGT os informamos de la publicación en DOE y la pág web (convocatoriasses.gobex.es), de la Resolución por Dirección Gerencia, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en la categoría de ENFERMERO/A ESPECIALISTA OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICO
Deberán presentar ante la Dirección Gral de RRHH y A. Generales del SES los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria en el PLAZO de veinte días hábiles (del 03-06-2020 al 30-06-2020 ambos inclusive) que son:.
Fotocopia compulsada del DNI o pasaporte, salvo que en la solicitud se otorgara al SES autorización para comprobar de oficio los datos de identidad personal.
Fotocopia compulsada del título académico o del certificado exigido para la participación en este proceso selectivo.
Declaración jurada de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena pena
Declaración jurada o promesa de no poseer, en la fecha establecida, la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría.
Certificado médico oficial expedido por facultativo del SNS en modelo oficial.
Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes sexuales, salvo que en la solicitud de participación se otorgara al SES autorización para recabar los datos.
Los aspirantes del turno de promoción interna deberán presentar además los documentos que acrediten los requisitos establecidos en la base 2.2 de la convocatoria mediante certificado original o fotocopia compulsada
Los aspirantes del turno de discapacidad deberán presentar, ademá certificación que acredite tal condición y el grado de discapacidad.
Quienes, estando obligados a presentar la documentación acreditativan no lo hicieren, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho a ser nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.
Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el DOE y recurso de reposición previoen el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el DOE.