FeSP-UGT Extremadura ha sido convocada por la administración en el día de hoy viernes 18 de diciembre de 2020 a la Comisión Técnica de Seguimiento del Teletrabajo de la Comunidad Autonóma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el art. 12 de Decreto 1/2018, de 10 de enero, por el que se regula la convocatoria de la prestación del Servicio en modalidad no presencial, mediante la fórmula del Teletrabajo, en la Administración de la CA de Extremadura.
La Administración nos presenta el Borrador de la Resolución por la que se convoca el proceso de autorización para el desempeño del Teletrabajo y de la Guia procedimental adaptada, donde con carácter general se llevan a cabo pocas modificaciones respecto a las anteriores convocatorias, mostrando la principal modificación en el número de puestos mínimos que se ofertan:
Consejería con sus organismos autónomos y entes públicos dependientes |
N.º mínimo de puestos autorizados |
Presidencia de la Junta de Extremadura |
15 |
C. Hacienda y Administración Pública |
268 |
C. Sanidad y Servicios Sociales |
86 |
C. Agricultura, D. Rural, Población y Territorio |
240 |
C. Economía, Ciencia y Agenda Digital |
70 |
C. Educación y Empleo |
110 ( De ellos 30 son del SEXPE) |
C. Movilidad, Transporte y Vivienda |
50 |
C. Igualdad y Portavocía |
12 |
C. Cultura, Turismo y Deporte |
61 |
C. Transición Ecológica y Sostenibilidad |
30 |
TOTAL plazas |
942 |
Este aumento de plazas supone un incremento porcentual aproximado de un 60% con respecto al año 2019.
FeSP-UGT entiende el Teletrabajo como una medidas básica para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar y mejorar la productividad, por ello, esta central sindical ha propuesto las siguientes medidas para mejorar tanto el actual Decreto como la Resolución de la nueva convocatoria:
– Aumentar al máximo posible el número de plazas ofertadas en esta modalidad de trabajo, pues entendemos se producirá un incremento exponencial importante de solicitudes.
– Indicar en las distintas Relaciones de Puestos de Trabajo (RPTs) los puestos susceptibles de ser teletrabajables, para que los/as Empleados/as Públicos/as cuenten con la mayor información posible sobre los puestos de trabajo, independientemente de la voluntariedad de acceder o no por parte del trabajador/a a la modalidad de teletrabajo.
– Solicitamos se adapte el Decreto a la normativa estatal RD Ley 29/2020 sobre medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas, donde en su artículo 1 se modifica el artículo 47 bis del Texto Refundido del la Ley del EBEP estableciendo que: “ La Administración proporcionará y mantendrá a las personas que trabajen en esta modalidad, los medios tecnológicos necesarios para su actividad”. La Administración se ha comprometido a incorporar dicho precepto tanto en la Resolución como en el Decreto como clara voluntad para progresar en la dotación de medios.
– Insistimos en que deben ser exhaustivamente evaluados por el Servicio de Salud y PRL estos puestos de trabajo en aras de evitar problemas de salud, además de tener la connotación de accidentes de trabajo en esta modalidad. La administración es consciente de ello, y han ofertado un Curso Especifico de PRL para estos/as trabajadores/as.
– Solicitamos que los medios técnicos y estructurales establecidos en la base novena se actualicen. La administración nos informa que efectivamente hay que actualizar bastante y que ya han dotado de material a Empleados Públicos
– Compensación por gastos a la hora de realizar el teletrabajo ( luz, internet…)
– Necesidad de la Desconexión Digital
Nos hemos comprometido a entregar por escrito todas las propuestas y sugerencias posibles al Decreto 1/2018 del 10 de enero, por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la CA de Extremadura.
La convocatoria se intentará publicar a la mayor brevedad posible, pero no hay fecha concreta.