UGT obtiene otras cuatros sentencias favorables en el mismo sentido
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) confirma una Sentencia ganada por los Servicios Jurídicos de UGT, desestimando el recurso interpuesto por la Junta de Extremadura, reconociendo el derecho al cómputo a efectos de trienios de los periodos sin actividad.
El pasado 23 de septiembre de 2021, los Servicios Jurídicos de UGT SERVICIOS PÚBLICOS, fueron notificados de la firmeza de la Sentencia de la Sala de lo Social del TSJEX de fecha 14 de julio de 2021, que desestimó el recurso de suplicación que había interpuesto la Junta de Extremadura, la cual reconocía el derecho de un trabajador del Plan INFOEX, a que le fuere computado a efectos del complemento de antigüedad, los periodos de inactividad en los que no hubo prestación efectiva de servicios, con los efectos que dicho reconocimiento conlleva sobre el reconocimiento de trienios.
Además, los Servicios Jurídicos de UGT SERVICIOS PÚBLICOS han obtenido cuatro nuevas Sentencias relativas a otras categorías profesionales de trabajadoras que desarrollan su trabajo en centros educativos en los que hay periodos de inactividad durante el periodo estival, en las que igualmente se reconoce su derecho a que le sean computados a efectos de complemento de antigüedad (trienios), los periodos de inactividad en los que no hubo prestación efectiva de servicios.
Las categorías de los trabajadores sobre los que se han obtenido las sentencias cuyas pretensiones han sido estimadas son las de ATE Cuidador/a, Cocinero/a y Ayudante de Cocina.
Por ello UGT SERVICIOS PÚBLICOS en EXTREMADURA felicita a los/as trabajadores/as que demandaron por el reconocimiento obtenido, a los que se les computarán unos periodos a efectos de trienios en los que no hubo prestación efectiva de servicios y ofrece al resto de trabajadores y trabajadoras sus servicios jurídicos para prestarles el asesoramiento y la defensa necesarios para que quienes se encuentren en situaciones similares puedan llevar a cabo sus oportunas reclamaciones.