Desde la Sección Sindical de FeSP-UGT del Área de Salud de Coria, manifestamos nuestra disconformidad a la hora de conceder comisiones de servicio al personal estatutario fijo de la convocatoria 2017/2018 en la categoría de Celador/a. No se pueden utilizar, para la concesión de las mismas, diferentes criterios para un mismo colectivo y dentro de un mismo proceso selectivo.
Ante estos hechos, desde esta Central Sindical, denunciamos que no han sido respetados los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia establecidos en la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La Ley 7/2007 señala en su articulo 78 de Principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal que las Administraciones Públicas proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Para evitar estos criterios discrecionales que se han utilizado desde la Dirección de Recursos Humanos del Área de Salud de Coria, UGT viene denunciando, desde hace años, que no se están utilizando criterios objetivos para la concesión de la Comisiones de Servicio y exige al SES que la regulación de las mismas venga establecida en el nuevo decreto de selección que se está negociando actualmente.