UGT Extremadura gana una sentencia que computa el periodo de inactividad a efectos de trienios

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La sentencia podría afectar a más de 600 trabajadores del plan Infoex y ATE-Cuidadores, entre otros colectivos

El pasado 16 de marzo de 2021, el Juzgado de lo Social nº 3 de Cáceres dictó sentencia estimando la demanda promovida por los Servicios Jurídicos de UGT-Servicios Públicos de Extremadura.

Dicha demanda reclamaba que se reconociera, a efectos retributivos de trienios, a un/a trabajador/a del INFOEX, el tiempo transcurrido desde el inicio de la relación laboral como trabajador fijo discontinuo, con inclusión de los periodos de inactividad en los que no hubo prestación efectiva de servicios.

En una situación similar se encuentra un elevado número de trabajadores y trabajadoras del plan INFOEX, así como de otras categorías profesionales que en su relación laboral tienen periodos de inactividad como es el caso de las y los A.T.E. CUIDADORES.

UGT-Servicios Públicos Extremadura valora positivamente por cuanto ha conseguido el reconocimiento de unos periodos en los que, a pesar de no haber existido prestación efectiva de servicios, deben computarse a efectos de trienios, por lo que pone a disposición de su afiliación en particular y del resto de trabajadores en general, los servicios jurídicos con objeto de ofrecerles el asesoramiento y defensa necesario para que quienes se encuentren en situaciones similares puedan llevar a cabo sus oportunas reclamaciones.

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