El sector de enseñanza de FeSP-UGT informa que ayer, lunes 1 de marzo, asistió al Pleno extraordinario del Consejo escolar de Extremadura y que, tras la defensa pública de sus enmiendas, consiguió aprobar varias de ellas. La normativa a analizar era el nuevo Decreto de procedimiento de selección, nombramiento, cese y renovación de directores y directoras, así como el proceso de evaluación de la función directiva, en los Centros Docentes Públicos.
La primera enmienda de UGT aprobada por el pleno es la consideración del cómputo de la antigüedad como interino o funcionario en prácticas, dentro de los cinco años de servicio mínimos que la normativa considera como requisito.
La segunda enmienda aprobada consigue suprimir el concepto de docencia directa como uno de los requisitos para presentarse al proceso de selección. En este sentido, UGT defendió la enmienda apelando que hay aspirantes que pueden no haber impartido docencia directa por estar en otras situaciones y no deben perder derechos para presentarse como directores de los centros educativos, entre otros, los asesores técnicos docentes en unidades de programas educativos, centros de profesores y recursos u otras responsabilidades en la Administración.
Asimismo, se logró una votación favorable para que la participación de los aspirantes en el proceso de selección de directores fuera independiente del nivel educativo del centro docente en el que presta servicios durante el curso escolar. La motivación de esta propuesta es dar cabida a los funcionarios que han aprobado las oposiciones por dos cuerpos distintos y, por ejemplo, tienen uno en excedencia voluntaria.
Nuestro sindicato también consiguió incorporar en el apartado de cursos impartidos del baremo de méritos las categorías de tutor, que se puntuaría igual que un ponente (0,20 puntos por hora) y la de coordinador-tutor que se asimilaría a las figuras de director o coordinador (0,05 puntos por hora)
UGT muestra su satisfacción por las enmiendas aprobadas por el Pleno y solicita a la Consejería de educación y Empleo que, aunque el Consejo escolar es un órgano consultivo, tenga en cuenta el sentido de las votaciones y proceda a hacer las modificaciones correspondientes en el Decreto definitivo, antes de ser publicado.