UGT-SP Extremadura obtiene dos sentencias que condenan a la Junta de Extremadura a pagar nocturnidad y festivos durante las vacaciones

Estas sentencias se alinean con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo, que establecen que el derecho a vacaciones anuales retribuidas implica que el trabajador no debe sufrir una disminución en su salario habitual

Cáceres, 3 de marzo de 2026

UGT-SERVICIOS PÚBLICOS. EXTREMADURA

La Plaza Nº 1 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Cáceres ha emitido dos sentencias consecutivas que suponen un varapalo judicial para la administración regional.

El magistrado titular ha dictaminado que el personal laboral tiene derecho a percibir el promedio de sus complementos por noches, domingos y festivos mientras disfruta de sus vacaciones anuales.

Los fallos rechazan la práctica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de suspender estos abonos durante el periodo vacacional, obligando a la administración a compensar económicamente a los trabajadores afectados.

El concepto de «retribución ordinaria» como eje del conflicto

Las resoluciones judiciales analizan las demandas interpuestas por auxiliares de enfermería que, durante su actividad ordinaria bajo el V Convenio del personal laboral de la Junta de Extremadura, realizan turnos de nocturnidad y servicios en jornadas festivas de forma habitual.

El tribunal ha dejado claro que, cuando la retribución de un empleado está compuesta por varios elementos, la determinación de lo que debe cobrar en vacaciones requiere un análisis específico de la «habitualidad».

En los hechos probados, se constata que los demandantes percibieron sumas constantes por estos conceptos en los once meses anteriores a sus periodos vacacionales.

El magistrado sostiene que, al tratarse de una actividad que no es puntual ni extraordinaria, estos pluses forman parte del «núcleo» de la retribución ordinaria y no pueden desaparecer durante el descanso, y por ello, ha validado el cálculo de las cuantías basándose en la media aritmética de lo percibido en el año previo, e incrementando el importe con el 10% por el concepto de interés moratorio.

Se trata de una sentencia innovadora cuyo fallo podría extrapolarse al personal que desarrolla su trabajo en similares condiciones, realizando turnos de nocturnidad y servicios en jornadas festivas de forma habitual.

Son más de un centenar los procedimientos que UGT-SP tiene iniciados en Extremadura, especialmente en el ámbito de los Centros de la Junta de Extremadura en los que se percibe ordinariamente el complemento de nocturnidad y servicios en jornadas festivas, y en el del Servicio Extremeño de Salud de los que espera obtener nuevos pronunciamientos judiciales favorables.

UGT-SERVICIOS PÚBLICOS en EXTREMADURA, sindicato con más representación en las Administraciones Españolas, ofrece a las trabajadoras y trabajadores servicios jurídicos atendidos por profesionales especializados, quienes podrán prestarles el asesoramiento y la defensa que en cada momento puedan necesitar.

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