#UGTAGE | Valoración acuerdo de la Oferta de Empleo Público 2022

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El pasado lunes 23 de mayo, UGT alcanzó un ACUERDO en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre la Oferta de Empleo Público 2022.
UGT firmó dicho acuerdo ya que la Oferta realizada crea empleo en la AGE, con un total general de 15.800 plazas para el turno libre y 9.591 para promoción interna, lo que constituye un refuerzo del empleo público bastante importante, y establece las pautas para lograr una mayor calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía.
En el cuadro siguiente se puede observar la EVOLUCIÓN de las OEPs 2018-2022 para ingreso libre, que salvo un ligero descenso en 2020, y desde 2018 que UGT firmó el acuerdo por primera vez después de la era de recortes impuesta por el Gobierno del Partido Popular, se puede observar como se han ido ofreciendo más plazas en las respectivas Ofertas, produciéndose un ascenso de plazas muy significativo en esta última de 2022.

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*Personal Funcionario, Laboral y Estatutario de: Entes Públicos, Docentes, Administración Local con habilitación de carácter nacional, INGESA y Red Hospitalaria de la Defensa.

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A continuación se recogen el total de las PLAZAS OFERTADAS DESDE 2015 hasta ahora, y también conviene hacer notar su considerable aumento en esta última oferta de 2022, que va desde alrededor de un 30% más de plazas para funcionarios respecto de la 2021 y un 2% más para el personal laboral.

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Es de significar que se ha ido mejorando la tasa de reposición tanto la general como la de los sectores prioritarios, ya que partiendo del 0% impuesto en la época Montoro durante largos años ha ido evolucionando al 110% y al 120% respectivamente. En el cuadro siguiente se puede observar que mientras en los años 2018, 2019 y 2020, los presupuestos Generales del Estado fijaron una tasa de reposición del 100% para los sectores prioritarios y del 75% para el resto de sectores, en 2021 ascendió el 110% y el 100%, y en esta última oferta ha alcanzado el 120% y el 110%.

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OFERTA PARA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

Por un lado, se autoriza un tercer proceso de estabilización de empleo público, adicional a los que regularon los PGE-2017 y PGE-2018. Por otro lado, con carácter único y excepcional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, la disposición adicional sexta prevé la posibilidad de convocar, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad de 1 de enero de 2016.
Adicionalmente, la disposición adicional octava prevé que los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016.

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Además los procesos de estabilización incluirán las plazas ocupadas que hayan sido declaradas como personal indefinido no fijo por sentencia.

UGT ha alcanzado un Acuerdo no solamente por las cifras anteriormente expuestas sino también porque la Administración ha incluido nuestras exigencias de abordar una serie de mejoras y ha incorporado en su texto los siguientes compromisos:

 Iniciar un proceso de revisión de los procedimientos de promoción interna del personal funcionario de carrera, de cara a la simplificación de los mismos en aras de su mejora para lograr una mayor eficiencia en su ejecución, y que repercuta en una más amplia cobertura de las plazas convocadas y reduzca los tiempos de incorporación del personal a los nuevos puestos. Se eximirá la realización de pruebas cuyo conocimiento se haya acreditado previamente y se fomentará la realización de ejercicios prácticos y de respuesta breve o alternativa.
 A través del diálogo social la Administración se compromete a la agilización de los procesos selectivos para posibilitar una más rápida cobertura da las plazas de turno libre, aproximando lo más posible el momento de incorporación de los nuevos efectivos a la publicación de las ofertas. De nada valdría el esfuerzo en el incremento de las plazas sino va acompañado de un modelo de selección de personas ágil y eficaz para prestar unos servicios de calidad a la ciudadanía, sin merma de los principios de acceso de mérito, igualdad y capacidad.
 La Oferta de Empleo Público constituye un instrumento fundamental para la planificación y ordenación de la política de Recursos Humanos. Por tanto, para transformar y modernizar la AGE es necesario incorporar progresivamente una planificación plurianual de las necesidades de personal, que permita la previsión de incorporación de personal que se recoge en las OEPs.
 Se crea una comisión de seguimiento de carácter paritario para analizar las medidas previstas en los tres apartados anteriores.
 Se refuerzan las plazas ofertadas en la Seguridad Social, sin contar con las que se destinarán dentro del cómputo de reposición ordinaria. Se establece un compromiso a tres años de modernización que persigue incrementar y facilitar la atención y asistencia a la ciudadanía en un ámbito que forma parte del núcleo esencial del Estado Social. Se incrementa la plantilla del INSS y de la TGSS con 1.759 plazas.
 La OEP acordada para este año 2022 representa un firme compromiso con el empleo estable y de calidad y el refuerzo de los servicios públicos, que son la base de nuestro Estado social.

A todo ello podemos añadir más plazas de las ofertadas ya que el art. 20. Dos de la LPGE para 2022 señala que: Las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. De hecho en el BOE de 24 de mayo, en el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera se han convocado plazas no cubiertas de la OEP de 2020 tanto para ingreso libre como para promoción interna.
También es muy importante el contenido de la Disposición adicional quinta del Real Decreto 407/2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2022, que determina que “Los Departamentos ministeriales que a la entrada en vigor del presente real decreto, no hubieren convocado las plazas correspondientes a ofertas de empleo público de 2020 y 2021, deberán ACUMULAR dichas plazas a la convocatoria de la oferta de empleo público 2022. Los procesos selectivos previstos en el real decreto deberán publicarse antes del 31 de diciembre de 2022”.
Recordemos que la Comisión Permanente de Selección, como encargada de realizar los procesos selectivos de los Cuerpos Generales, tiene PENDIENTE DE CONVOCAR las plazas siguientes:

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