El pasado lunes 4 de abril, ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado, el XXIII Convenio Colectivo Nacional de Autoescuelas.
El convenio prevé unos incrementos salariales de casi un 8% durante la vigencia del convenio, garantías salariales de un diferencial para los profesores con respecto al SMI vigente en cada momento y una actualización automática del salario mínimo para los trabajadores que estén vinculados al mismo. Su ámbito temporal es hasta el 31 de diciembre de 2023.
El XXIII Convenio entra en vigor a partir del día siguiente de la publicación en el BOE, a excepción de los salarios que se actualizarán de la siguiente manera:
• A partir del 1 de septiembre de 2021 y hasta el diciembre de 2021, los salarios se incrementarán en un 2%, sobre la nómina de agosto de 2021.
• A partir de enero de 2022, se incrementarán los salarios en otro 2% sobre la nómina de diciembre de 2021.
En caso de que el IPC real a 31 de diciembre de 2022 sea superior al incremento de tablas fijado para el 2022, las empresas procederán a revisar las tablas salariales – en todo caso al alza – en la diferencia entre dicho IPC real y el incremento efectuado, con efectos de 1 de enero de 2022.
• A partir de enero de 2023 se incrementarán los salarios en un 4% sobre la nómina de diciembre de 2022.
En caso de que el IPC real a 31 de diciembre de 2023 sea superior al incremento de tablas fijado para el 2022, las empresas procederán a revisar las tablas salariales – en todo caso al alza – en la diferencia entre dicho IPC real y el incremento efectuado, con efectos de 1 de enero de 2023.
Si correspondiesen atrasos a dichas revisiones, éstos se realizarán en enero de 2023 y enero de 2024 respectivamente.