Sectores

#UGTLocal | UGT Extremadura solicita a la FEMPEX la mesa negociadora para el seguimiento de la aplicación de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

Logo UGT-SP rojo

En la actualidad existe una gran variedad normativa de aplicación a la relación profesional de los empleados públicos de la Admón Local, póngase como ejemplo lo determinado en el Estatuto Básico del Empleado Público (R D Legislativo 5/2015), en la Ley 13/2015 de Función Pública de Extremadura, en la normativa básica de carácter local (Ley de Bases de Régimen Local 7/85, Texto refundido 781/86), normas específicas de aplicación, como por ejemplo la que afecta al colectivo de la Policía local (Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura 7/2017), al colectivo de trabajadores/as sociales (Ley 14/2015 de Servicios Sociales de Extremadura), con independencia de la regulación que se establezca en el ámbito de la propia Administración local a través de sus respectivos Acuerdos y Convenios que regulan las relaciones de trabajo de la respectiva Admón Local y sus empleados.

En fechas recientes se ha aprobado la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la cual afecta de lleno en lo relativo a la temporalidad en el empleo público de las Administraciones Locales, en cuanto a plantillas, relaciones de puestos de trabajo y procesos de selección y ofertas de empleo para reducir la temporalidad en la prestación del servicio.

La referida Ley 20/2021, nace fruto del Acuerdo firmado entre el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, con los agentes sociales  UGT SERVICIOS PÚBLICOS, CC.OO y CSIF. En el mismo se fija que debe establecerse un calendario de negociación y dialogo social con el objetivo de alcanzar un nuevo acuerdo global en la Función Pública, además de continuar con el desarrollo del resto del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo referente a carrera profesional, promoción interna, provisión y movilidad y otras que determinen mejoras de las condiciones de trabajo del personal al servicio de las administraciones públicas (entre ellas la LOCAL).

Por todo ello, es necesario, que en el ámbito de aplicación de la Fempex, y en virtud a sus Estatutos de constitución donde en su artículos 6 y 7 se definen los fines de la propia Fempex así como la realización de los mismos en lo relativo al desarrollo de las Entes Locales y procurar el mejor funcionamiento de los servicios públicos, así como en su art. 28

donde se regula la constitución y composición de Comisiones de Trabajo se constituyan MESAS DE TRABAJO Y NEGOCIACIÓN paritarias entre la Fempex y las centrales sindicales con representación.

Por tanto, UGT solicita que se constituya la MESA DE TRABAJO Y NEGOCIACIÓN paritaria (representantes de la Admón y Sindicatos representativos) con el objeto de hacer un seguimiento del nivel de ejecución de la referida Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como del Acuerdo firmado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, con los sindicatos UGT SERVICIOS PÚBLICOS, CC.OO y CSIF en el ámbito de la Admón Local en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Además solicitamos que esta MESA DE TRABAJO Y NEGOCIACIÓN se constituya como órgano asesor no vinculante a las Administraciones Locales de nuestra Comunidad Autónoma en lo relativo a función pública.

También pedimos que se establezca en la MESA DE TRABAJO Y NEGOCIACIÓN un calendario para fijar un Acuerdo-Convenio marco que regule las relaciones de trabajo de los empleados públicos de las Administraciones locales y sus empleados, el cual serviría, mediante la adhesión voluntaria de las Administraciones locales firmantes a la homogeneización y coordinación de criterios en empleo público y función pública  y dotar de seguridad jurídica al personal al servicio de las respectivas Admones Locales.

Lo más leído