Sin que correos atienda ninguna propuesta de las presentadas en la mesa del 24 de noviembre
Hoy, 28 de noviembre, UGT ha recibido las instrucciones definitivas sobre PRODUCTIVIDAD Y REMUNERACIÓN DEL TRABAJO EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD 2023. Correos, en la línea de nula escucha a las OOSS no atiende ninguna de las propuestas presentadas en la reunión. Por tanto, las instrucciones de la campaña son las mismas que conocemos. El único cambio respecto a las anteriores es la obligación de aplicar el incremento de los recientes acuerdos retributivos y que venía impuesta por compromisos que el Gobierno adquirió con UGT y CCOO en Acuerdo de la Mesa General de Función Pública. Un 3% de momento y un futuro 0,50% si se cumple la variable del PIB, pendiente de aplicar a todos los conceptos retributivos con carácter retroactivo desde el 1 de enero.
CAMPAÑADENAVIDAD 2023 | |
PERIODO | Del1al31dediciembrede2023 |
REQUISITOS | Personal funcionario, personal laboral fijo y personal laboral temporal de REPARTO, CENTROS Y OFICINAS, Ruteros, Apartados, Rurales A, Conductores Intercentros, Oficinas de Cambio y las de Tratamiento Aduanero, Almacenes Logísticos y Jefaturas de Sector que correspondan. Para Rurales B y personal a tiempo parcial la compensación será proporcional a la jornada contratada. Vinculado y en activo de forma ininterrumpida desde el 1 al 31 de diciembre |
CUANTÍAS Y DESCUENTOS | PRODUCTIVIDAD CAMPAÑA: 109,63 € DESCUENTOS por INASISTENCIA TOTAL O PARCIAL: Primer día 13,52 euros, segundo y tercer día 20,29 euros por cada uno de ellos. Más de 3 días se pierde el derecho a percibirla. Excepciones: – Inasistencia por causa justificada de violencia de género, parto, nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar previsto en la regulación interna de Correos y por accidente de trabajo producido durante el mes de noviembre o diciembre. – Se podrán disfrutar hasta 2 días de permiso sin penalización a partir del 12 de diciembre |
NORMAS GENERALES ORGANIZATIVAS | – Se podrán adoptar medidas organizativas que permitan adaptar la capacidad productiva a las necesidades operativas en las unidades que lo requieran. – Para atender estas actuaciones que pudieran surgir en las unidades de distribución (tales como efectuar repartos puntuales fuera de los horarios habituales), en las oficinas o en las unidades de admisión masiva, carga y descarga, salas de dirección y centros de tratamiento, podrán realizar horas adicionales/extra con la compensación salarial correspondiente. |
DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE | – El personal que preste servicio (distribución, logística y oficinas), será el mínimo imprescindible para atender las necesidades operativas, de negocio y de servicio público de cada una de estas unidades. – La prestación de servicios en estos días será retribuida con un módulo de 91,65 euros por trabajador/a día. |
DIAS 25 DICIEMBRE 2023 1 DE ENERO 2024 | – Como norma general, no se prestará ningún servicio en estos días. Los empleados/as de los centros de tratamiento que por turno les corresponda trabajar las noches de los días 25 a 26 de diciembre y 1 a 2 de enero, realizarán las horas adicionales de festivo que sean necesarias para la organización de los servicios postales en dichos centros. |