ANECA ha publicado el Procedimiento para la obtención de la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, que se aplicará a aquellas solicitudes que se presenten a partir del 1 de abril de 2024. De esta manera, se da cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 678/2023.
El pasado mes de junio, desde UGT planteábamos que este Real Decreto no desarrolla lo regulado en el artículo 69 de la LOSU, al establecer un sistema de evaluación cualitativa arbitrario a lo que determine la Agencia; los criterios se desarrollaron con premura por la necesidad de publicarlos, lo que provoca una indefinición similar a la producida por la LOSU; acusa una falta de diálogo social y con el resto de agentes implicados en el Sistema Universitario, lo que deja el desarrollo de los criterios a lo que disponga ANECA, el gobierno central y los distintos autonómicos; y no es de recibo que se suprima la valoración de los Sexenios de Investigación, Transferencia y el tan esperado de Docencia.
Aquellas personas cuyo expediente vigente no se haya resuelto antes del 1 de abril se podrán acoger a este nuevo procedimiento. Para hacerlo, desistirán del proceso actual e iniciarán una nueva solicitud a partir del 1 de abril.
En el nuevo procedimiento se reduce la documentación acreditativa (siguiendo el principio de veracidad) y se solicita un currículo breve que siga el estándar CVN.
Se trata de una convocatoria permanente abierta, en la que se evalúan los siguientes méritos y competencias:
• De investigación, incluyendo transferencia e intercambio del conocimiento.
• De docencia.
• De liderazgo (para la acreditación a Catedrática o Catedrático de Universidad).
• Relacionadas con la actividad profesional.
Todos los trámites relacionados con la convocatoria se realizarán a través de la Sede Electrónica de ANECA.
La acreditación resultante del proceso tendrá validez en todo el territorio nacional y no está vinculada a una rama o especialidad de conocimiento determinada.