El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha presentado a información pública un Proyecto de Real Decreto que desarrolla el sexenio de transferencia y modifica otra serie de decretos para adecuarlos a la Ley de Ciencia y a la LOSU, entre ellos el Real Decreto sobre retribuciones del profesorado universitario y el que regula el procedimiento para la obtención de la evaluación de la ANECA y su certificación, a efectos de contratación de personal docente e investigador universitario.
UGT lleva desde 2019 reivindicando la implantación definitiva del sexenio de transferencia, tras su experiencia piloto y, en el proyecto que ha publicado el Ministerio, hay ítems importantes a destacar respecto del proyecto piloto de 2018:
1. No se pueden solapar tiempos entre el sexenio de transferencia y el sexenio clásico de investigación (en el proyecto piloto, sí se permitía).
2. Sólo se podrá presentar una misma aportación a evaluación, bien como actividad investigadora o bien como actividad de transferencia de conocimiento (esto se mantiene igual).
3. Para solicitarlo, se debe haber obtenido con anterioridad al menos un tramo por aportaciones de investigación. En caso de no haber obtenido ningún tramo de investigación, deberá demostrarse que se cuenta con aportaciones equivalentes para su obtención, conforme a lo dispuesto en la Orden de 1994 que estableció el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora. Veremos de qué forma se pretende articular esta última parte.
4. El proyecto no incluye ningún desarrollo, ni siquiera de mínimos, sobre los criterios para la evaluación de este sexenio.
A efectos del cómputo de los tramos, se podrá prorrogar el último sexenio vivo un año por cada permiso o excedencia que se haya tenido en situaciones de permisos de maternidad o paternidad, excedencia para cuidado de hijas, hijos, o de otros familiares en primer grado a su cargo, o en excedencia por razón de violencia de género. Este punto ya ha sido recogido en sucesivas convocatorias de sexenios desde 2021, y nos llama la atención que se vuelva a obviar la situación de las personas que se han encontrado en periodos de baja por IT de media o larga duración. Consideramos que esto es una clara injusticia.
Como novedad, aparece un nuevo organismo, la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad de Transferencia (CNEAT), que tendrá que evaluar los sexenios de transferencia y que duplica la estructura de la actual CNEAI. Esperemos que esta duplicidad burocrática al menos sirva para que se agilicen los procesos de evaluación.
Por otro lado, la modificación del RD de Retribuciones del 89 no contempla la eterna y justa reivindicación de adjudicar el nivel 30 a Catedráticos/as y el 29 a Titulares —que tampoco se recoge para los organismos públicos de investigación—. UGT seguirá insistiendo en el reconocimiento de estos niveles.
A la vista de que en ningún momento hemos sido invitados a una negociación, a pesar de que efectivamente el Proyecto afecta de manera importante a las condiciones laborales del PDI, en la exposición pública UGT enviará sus alegaciones. Las afiliadas y afiliados podéis enviar vuestras propuestas y reivindicaciones a universidad.federal@ugt-sp.eu, y las haremos llegar en conjunto.